Preguntas frecuentes sobre inscripción en Escuelas Infantiles públicas
¿Quiénes podemos solicitar plaza en una escuela infantil para el curso 2024-2025?
Las madres, padres o personas tutoras legales de las niñas y niños nacidos en:
- 2023 y 2024, en las Escuelas Infantiles del Consorcio Haurreskolak.
- 2022, 2023 y 2024, en las Escuelas Infantiles Municipales.
- Alumnado menor de 1 año, cuyas madres, padres, tutoras o tutores legales se encuentren disfrutando de los permisos de maternidad y/o paternidad.
- Alumnado cuyas madres, padres, tutoras o tutores legales se encuentren en situación de excedencia laboral por cuidado de hijas o hijos menores y perciban ayuda económica por ello.
¿Cuáles son los plazos de inscripción para el curso 2024-2025?
1. Plazo de entrega de solicitudes y documentación: del 22 de abril al 10 de mayo de 2024. Y hasta el 20 de mayo para las niñas y niños nacidos entre el 10 y el 15 de mayo.
2. Listas de solicitantes: 22 de mayo de 2024.
3. Plazo de subsanación de documentación obligatoria: del 23 de mayo al 5 de junio de 2024.
4. Listas provisionales: 19 de junio de 2024.
5. Plazo de reclamaciones: del 12 al 15 de junio de 2023.
6. Listas definitivas: 1 de julio de 2024.
2. Listas de solicitantes: 22 de mayo de 2024.
3. Plazo de subsanación de documentación obligatoria: del 23 de mayo al 5 de junio de 2024.
4. Listas provisionales: 19 de junio de 2024.
5. Plazo de reclamaciones: del 12 al 15 de junio de 2023.
6. Listas definitivas: 1 de julio de 2024.
¿Cuándo podemos inscribir a nuestras hijas e hijos nacidos en el año 2024?
- Podéis presentar la solicitud en el plazo general de inscripción: del 22 de abril al 10 de mayo de 2024, para las niñas y niños nacidos antes del 10 de mayo de 2024, y hasta el 20 de mayo, para las niñas y niños nacidos entre el 10 y el 15 de mayo de 2024.
- A lo largo del curso, también podéis solicitar una plaza vacante, del 1 al 10 de cada mes, para poder comenzar en la escuela al mes siguiente, teniendo en cuenta que vuestra hija o hijo tiene que tener cumplidas las 16 semanas para poder incorporarse.
¿Cómo se realiza la inscripción a la red de Consorcio Haurreskolak y a la de Escuelas Municipales?
- Online.
- En las Oficinas de Atención Ciudadana, con cita previa.
- O en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿En qué escuelas puede solicitarse plaza?
- Para las niñas y niños nacidos en 2022, en cualquiera de las Escuelas Infantiles Municipales. Podéis solicitar hasta un máximo de 5 escuelas, por orden de preferencia.
- Para las niñas y niños nacidos en 2023 y 2024, en cualquiera de las 24 escuelas (Escuelas del Consorcio Haurreskolak y Escuelas Municipales).
Mi hija/o está matriculado en una escuela durante el curso 2023-2024, y quiero cambiar a otra para el curso 2024-2025. ¿Qué tengo que hacer?
- En las Escuelas del Consorcio Haurreskolak no existen traslados directos, por lo que deberás presentar solicitud para la nueva escuela, en el plazo general de inscripción.
- En las Escuelas Infantiles Municipales, se solicitará en la hoja de renovación.
¿Cómo se adjudican las plazas?
Las solicitudes se puntúan según el baremo. Se ordenan según la puntuación obtenida y se adjudica plaza en la primera escuela de las solicitadas en la que haya plaza vacante.
¿Cómo se acredita la renta?
- Declaración de la Renta del 2022 de todas las personas de la unidad familiar que tengáis obligación de presentarla. Si la habéis presentado en Álava y autorizáis, el Servicio de Educación la comprobará de oficio. Si no habéis tributado en Álava o no autorizáis a comprobarla de oficio, debéis adjuntar la fotocopia de la Declaración de la Renta del 2022 a la solicitud de inscripción.
- Justificante de ingresos del año 2022, en el caso de que no hayáis realizado Declaración de la Renta del 2022. Se adjuntará a la solicitud de inscripción.
¿Cómo se justifica una discapacidad?
Mediante un certificado emitido por el Organismo competente del grado de discapacidad de la niña o niño solicitante y, en su caso, de las personas de la unidad familiar.
¿Cómo se acredita la situación laboral de las personas progenitoras?
- En el caso de personas que coticen en el régimen general de la Seguridad Social: mediante certificado de la VIDA LABORAL actualizado.
- En el caso de personas que no están dadas de alta en la Seguridad Social pero sí en otro régimen o mutua: mediante certificado de alta en ese régimen o mutua.
- En el caso de incapacidad permanente absoluta con carácter definitivo: mediante copia de la resolución correspondiente de la Seguridad Social.
- En el caso de personas que no hayan trabajado hasta la fecha: mediante certificado de la Seguridad Social actualizado de no disponer de vida laboral.
¿Cómo se acredita la búsqueda activa de empleo?
En el caso de estar en búsqueda activa de empleo: mediante el Documento actualizado de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) de Lanbide. En este caso el Servicio Municipal de Educación consultará de oficio en LANBIDE - Servicio Vasco de Empleo los datos relativos a la búsqueda activa de empleo, salvo que exista desautorización expresa.
¿Cómo se acredita estar cursando estudios oficiales?
En el caso de estar cursando estudios oficiales: mediante el correspondiente certificado de estudios.
¿Qué se considera situación laboral activa?
La que conlleva alta en la Seguridad Social, incluidas las incapacidades transitorias.
La excedencia por cuidado de menores y la situación especial de suspensión transitoria, siempre que la reincorporación al puesto de trabajo sea como máximo, un mes posterior a la fecha de inicio en la escuela.
La excedencia por cuidado de menores y la situación especial de suspensión transitoria, siempre que la reincorporación al puesto de trabajo sea como máximo, un mes posterior a la fecha de inicio en la escuela.
¿Qué se debe presentar para acreditar las fecha en las que se ha disfrutado o se disfrutará de las semanas de permiso por maternidad o paternidad?
Resolución de la Seguridad Social sobre los permisos de maternidad y paternidad. Se deberán justificar TODAS las semanas de permiso de ambas personas progenitoras o tutoras legales (o las de la única persona en el caso de familias monoparentales). Es decir, 16 semanas en familias monoparentales, y 16 + 16 semanas en familias biparentales.
En caso de que en la resolución de la Seguridad Social no aparezcan todas las semanas de permiso, se deberá aportar además el certificado de empresa donde aparezca el resto de semanas.
En caso de que en la resolución de la Seguridad Social no aparezcan todas las semanas de permiso, se deberá aportar además el certificado de empresa donde aparezca el resto de semanas.
¿Qué se debe presentar para acreditar la fecha en que está prevista la incorporación al puesto de trabajo tras un período de excedencia?
Justificante de la empresa donde conste la fecha de incorporación al puesto de trabajo.
¿Qué se debe presentar para acreditar la fecha en que está prevista la incorporación al puesto de trabajo tras la situación especial de suspensión transitoria?
Certificado actualizado del Gobierno Vasco donde conste la fecha de incorporación al puesto de trabajo.
¿Cómo se justifica la condición de monoparentalidad?
En el caso de una sola persona progenitora reconocida se justificará con el Libro de Familia o con la inscripción de la niña o niño en el Registro Civil.
En el caso de dos personas progenitoras reconocidas en el Libro de Familia o en la inscripción de la niña o niño en el Registro Civil, se justificará mediante resolución judicial firme, auto de medidas provisionales o convenio regulador ratificado ante el Juzgado. Si no existe resolución judicial firme, no será considerada familia monoparental.
En el caso de dos personas progenitoras reconocidas en el Libro de Familia o en la inscripción de la niña o niño en el Registro Civil, se justificará mediante resolución judicial firme, auto de medidas provisionales o convenio regulador ratificado ante el Juzgado. Si no existe resolución judicial firme, no será considerada familia monoparental.
¿Se puede entregar documentación que no se haya presentado en el plazo de inscripción?
Únicamente se podrá entregar nueva documentación de carácter obligatorio en el plazo de subsanación. La documentación que a cada solicitud le falta se hará pública en la “Lista de solicitantes”, el día 22 de mayo de 2024.
Para la baremación solamente se tendrá en cuenta la documentación presentada en el período de inscripción. No se admitirá la aportación de nuevos documentos una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes.
Para la baremación solamente se tendrá en cuenta la documentación presentada en el período de inscripción. No se admitirá la aportación de nuevos documentos una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes.
¿Cuándo y cómo se sabrá si la solicitud ha sido admitida?
El día 22 de mayo de 2024, se publicará el “Listado de solicitantes”. En este listado aparecerán todas las solicitudes recibidas, y si cada una de ellas está:
- Completa, y por lo tanto, admitida a trámite.
- Incompleta. Y se detallará qué documentación obligatoria le falta para ser admitida a trámite.
- Completa, y por lo tanto, admitida a trámite.
- Incompleta. Y se detallará qué documentación obligatoria le falta para ser admitida a trámite.
¿Qué puedo hacer si mi solicitud está incompleta?
El plazo de subsanación de documentación obligatoria será del 23 de mayo al 5 de junio. En este plazo podrás entregar la documentación obligatoria que se especifica en el listado de solicitantes.
Si no se entrega esta documentación en el plazo de subsanación, la solicitud quedará sin efecto.
En este plazo no se admitirá ninguna otra documentación que no sea la documentación obligatoria que le faltaba a cada solicitud.
Si no se entrega esta documentación en el plazo de subsanación, la solicitud quedará sin efecto.
En este plazo no se admitirá ninguna otra documentación que no sea la documentación obligatoria que le faltaba a cada solicitud.
¿Cómo puedo aportar la documentación obligatoria que le falta a mi solicitud?
- Online a través del registro electrónico.
- En las Oficinas de Atención Ciudadana, con cita previa.
- O en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Cuáles son los lugares de publicación de la lista de solicitantes, la lista provisional y la lista definitiva de alumnado admitido así como de la lista de espera?
La lista de solicitantes, la lista provisional y la lista definitiva de alumnado admitido así como de la lista de espera podrán ser consultadas, llegadas las fechas correspondientes en:
- En las Oficinas de Atención Ciudadana, con cita previa.
- En las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz.
- En la web municipal.
No se facilitará esta información por teléfono.
- En las Oficinas de Atención Ciudadana, con cita previa.
- En las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz.
- En la web municipal.
No se facilitará esta información por teléfono.
¿Se puede renunciar a la plaza adjudicada?
Se puede, pero la solicitud quedará sin efecto.
Para poder optar de nuevo a plaza escolar, tendréis que realizar petición por escrito, con nueva fecha de entrada.
Para poder optar de nuevo a plaza escolar, tendréis que realizar petición por escrito, con nueva fecha de entrada.
¿Cuánto cuestan las escuelas infantiles?
- Las Escuelas Infantiles Municipales son gratuitas, con excepción del servicio de comedor (en el horario de 08:00 a 16:00 horas), cuyo precio es 33,90 euros al mes.
- Las escuelas del Consorcio Haurreskolak son gratuitas. Las niñas y los niños llevan la comida desde casa, o las familias pueden contratar un servicio de catering.
¿Los horarios de entradas y salidas son distintos en las de Consorcio Haurreskolak y en las Escuelas Municipales? ¿Las entradas y salidas son flexibles? ¿En qué franjas horarias?
- En las Escuelas Infantiles Municipales se ofrecen dos tipos de horario:
Horario de mañana: de 08:00 a 13:00 h.
- Entrada: de 08:00 a 09:30 h.
- Salida: de 12:30 a 13:00 h.
Horario de mañana y tarde (con servicio de comedor y siesta): de 08:00 a 16:00 h.
- Entrada: de 08:00 a 09:30 h.
- Salida: de 15:15 a 16:00 h. - El Consorcio Haurreskolak ofrece tres tipos de horario, con entradas y salidas flexibles:
Horario de mañana: de 07:30 a 14:00 h.
- Entrada: de 07:30 a 09:30 h.
- Salida: de 12:30 a 14:00 h.
Horario de mañana y tarde: de 07:30 a 16:00 h.
- Entrada: de 07:30 a 09:30 h.
- Salida: de 15:00 a 16:00 h.
Horario de tarde: de 14:00 a 19:00 h. (únicamente en la Haureskola Landaberde)
- Entrada: de 14:00 a 15:00 h.
- Salida: de 17:30 a 19:00 h.
¿Hay servicio de comedor en Escuelas Infantiles y en las de Consorcio Haurreskolak?
En las Escuelas Infantiles del Consorcio Haurreskolak: es la familia quién aporta la comida. También podéis optar por un servicio de catering siempre que sea posible, pero las familias deberéis gestionar y abonar el servicio.
En las Escuelas Infantiles Municipales: se ofrece servicio de comedor en el horario de 08:00 a 16:00 h. Este servicio será opcional para menores de 6 meses.
Con carácter general, el servicio de comedor está orientado a aquellas familias en las que las dos personas progenitoras o tutoras legales (familias biparentales) o la persona progenitora o tutora legal (familias monomarentales o monoparentales) trabajen en el mercado laboral.
En las Escuelas Infantiles Municipales: se ofrece servicio de comedor en el horario de 08:00 a 16:00 h. Este servicio será opcional para menores de 6 meses.
Con carácter general, el servicio de comedor está orientado a aquellas familias en las que las dos personas progenitoras o tutoras legales (familias biparentales) o la persona progenitora o tutora legal (familias monomarentales o monoparentales) trabajen en el mercado laboral.
¿Pueden modificarse los horarios y servicios?
Tanto los horarios como los servicios solicitados por las familias en el momento de la inscripción pueden ser modificados cuando las necesidades familiares varíen, tanto para ampliarlos como para darse de baja, siempre y cuando la solicitud se ajuste a la normativa y pueda ser atendida en la escuela infantil.
Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.