Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
- ¿Quién tiene que pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?
- ¿Cómo se calcula la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?
- ¿Cuándo tengo que declarar el coste definitivo de la obra?
- ¿Qué ocurre si el coste de la obra ha variado?
- ¿Tengo derecho a la devolución de parte del importe pagado en el supuesto de renunciar a la licencia de obras?
- Soy una persona mayor de 65 años y he realizado una obra para adaptar mi vivienda a mi discapacidad, ¿me corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- Se van a realizar obras en el portal de mi casa (bajar el ascensor a cota cero) para favorecer la accesibilidad de las personas que allí vivimos, ¿nos corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- Quiero pagar el recibo que me acaba de llegar, ¿cómo y dónde puedo hacerlo?
- Voy a realizar una obra en mi vivienda, ¿me corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- ¿Dónde puedo obtener un justificante de pago del impuesto u obtener información sobre si tengo algún recibo pendiente de pago?
- 1. ¿Quién tiene que pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?
- Lo tiene que pagar la persona o empresa a nombre de la cual se solicita la licencia de obras. Si se trata de obras realizadas sin licencia, la persona o empresa que las lleve a cabo.
- 2. ¿Cómo se calcula la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?
- La cuota se calcula aplicando el tipo impositivo del 5,00%, al coste total de la ejecución material de la construcción, instalación y obra.
- 3. ¿Cuándo tengo que declarar el coste definitivo de la obra?
- En los cuatro meses siguientes a la finalización de la construcción, instalación u obra, el sujeto pasivo presentará una declaración del coste final de las construcciones, instalaciones u obras realizadas, que dará lugar a la liquidación definitiva del impuesto.
- 4. ¿Qué ocurre si el coste de la obra ha variado?
- Si el coste efectivo de la obra ha variado respecto a la declaración del coste de obra previsto, se emitirá una nueva liquidación o se tramitará la correspondiente devolución de ingresos.
- 5. ¿Tengo derecho a la devolución de parte del importe pagado en el supuesto de renunciar a la licencia de obras?
- Si el/la titular de la licencia desistiera de realizar las obras, construcciones o instalaciones mediante renuncia expresa formulada por escrito, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz procederá al reintegro o a la anulación de la liquidación provisional practicada.
- 6. Soy una persona mayor de 65 años y he realizado una obra para adaptar mi vivienda a mi discapacidad, ¿me corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- Se aplicará una bonificación del 85% o del 90% según el nivel de ingresos:.
- Si las rentas anuales no superan los 18.000 anuales: 85%
- Si las rentas anuales no superan los 8.000 anuales: 90%
Las obras realizadas tendrán como fin favorecer las condiciones de habitabilidad y adaptación (baños, habitabilidad en general) de las personas mayores de 65 años propietarias de la vivienda. - 7. Se van a realizar obras en el portal de mi casa (bajar el ascensor a cota cero) para favorecer la accesibilidad de las personas que allí vivimos, ¿nos corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- Se aplicará un 78% de bonificación en la cuota del ICIO por las obras que se realicen en los edificios cuyo fin sea favorecer las condiciones de acceso a los grupos de personas con dificultades de accesibilidad a la vivienda o de habitabilidad en la misma. Las obras pueden ser la instalación de baños, ascensores, modificación de puertas y accesos, y similares.
- 8. Quiero pagar el recibo que me acaba de llegar, ¿cómo y dónde puedo hacerlo?
- Consultar medios de pago.
- 9. Voy a realizar una obra en mi vivienda, ¿me corresponde algún tipo de bonificación en el impuesto?
- Bonificaciones y exenciones - Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
. - 10. ¿Dónde puedo obtener un justificante de pago del impuesto u obtener información sobre si tengo algún recibo pendiente de pago?
- En las Oficinas de atención ciudadanaEn las Oficinas Municipales de San Martín
- A través de Internet: Justificante de pago y Mis recibos y multas
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