Bonificaciones y exenciones para familias numerosas
Las familias numerosas podrán beneficiarse de bonificaciones en los siguientes impuestos y/o pagos:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles
- Impuesto de vehículos
- Tasa por servicio de recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos (basuras)
- Escuela de Danza José Uruñuela y Academia de Folklore
- Escuela de Música "Luis Aramburu"
El IBI, el impuesto de vehículos y la tasa por servicio de recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos se pueden solicitar presentando un único impreso de solicitud general , y si se concede la bonificación, no será necesario volver a solicitarla en años posteriores. El Ayuntamiento la aplicará automáticamente, siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión.
La consulta o verificación de datos necesarios para la aplicación de los beneficios fiscales, se llevará a cabo, por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, mediante el acceso de datos que obran en poder de otras Administraciones, a través del modelo de interoperabilidad de Euskadi, que se articula en torno al Nodo de Interoperabilidad y Seguridad de las administraciones de Euskadi (NISAE).
(Cuadro-Resumen de bonificaciones a familias numerosas )
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Requisitos
- Empadronamiento en la vivienda objeto de bonificación.
- Cumplir niveles de renta familiar estandarizada.
- No tener en propiedad otras viviendas en un porcentaje igual o superior a un 50%.
Documentación
- Impreso de solicitud .
- Copia del título de familia numerosa.
- Última declaración de la renta, si realiza la declaración fuera de la provincia de Alava.
La bonificación será del 90%, del 50% o del 10%. Esta bonificación es compatible con la establecida para las viviendas de protección oficial, siempre que la suma de ambas no supere el 100% de la cuota.
Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero. Más información en el epígrafe 17.4 de la Ordenanza Fiscal 1.
Impuesto de vehículos
Requisitos
- Los vehículos deben tener, al menos, 5 plazas y ser turismos.
- Cumplir niveles de renta familiar estandarizada.
Documentación:
- Impreso de solicitud .
- Copia del título de familia numerosa.
- Última declaración de la renta, si realiza la declaración fuera de la provincia de Alava.
Se bonificará un solo vehículo por familia. La bonificación será del 20%, 15% ó 10%. Se incrementará su bonificación en un 10% cuando tenga un vehículo de cero emisiones o etiqueta ECO. Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero.
Tasa por servicio de recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos
Requisitos
- Empadronamiento en la vivienda objeto de bonificación.
- Renta.
Documentación
- Impreso de solicitud .
- Copia del título de familia numerosa.
- Las familias numerosas arrendatarias de la vivienda también pueden solicitar la bonificación, siempre que acrediten el pago de la tasa.
Nº miembros | TRAMO-1 Hasta 15.876 euros |
TRAMO-2 Más de 15.876 euros y hasta 23.814 euros |
TRAMO-3 Más de 23.814 euros y hasta 31.752 euros |
---|---|---|---|
1 a 2 | 15 % | ||
3 | 20% | 15% | |
4 | 25% | 20% | 15% |
5 o más | 35% | 30% | 20% |
Bonificaciones sociales, incrementar un 10% a las familias numerosas que cumplan los requisitos.
Escuela de Danza José Uruñuela y Academia de Folklore
Documentación
- Impreso de solicitud.
- Copia del título de familia numerosa.
Familia numerosa de categoría especial*: matrícula gratuita.
Familia numerosa de categoría general: 50% de bonificación en la matrícula (semigratuita).
Escuela de Música "Luis Aramburu"
Documentación
- Impreso de solicitud .
- Copia del título de familia numerosa.
Familia numerosa de categoría especial*: matrícula gratuita.
Familia numerosa de categoría general: 50% de bonificación en la matrícula (semigratuita).
Normativa
- La categoría de especial corresponde a las unidades familiares de cinco o más hijos e hijas y las de cuatro, cuando al menos tres de ellos proceden de parto, adopción o acogimiento múltiples. El resto son de categoría general.
- La renta familiar estandarizada, se regula en el Decreto 154/2012, de 24 de julio, del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia (BOPV nº 152 de 6 de agosto de 2012).
- Ordenanzas fiscales:
- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ordenanza nº 2).
- Ordenanza reguladora de la tasa por servicio de recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos (ordenanza nº 6.3).
- Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (ordenanza nº 1).
- Norma reguladora del precio público por prestación de servicios de la Academia Municipal de Folklore (ordenanza nº 8.5).
- Norma reguladora del precio público por prestación del servicio de la Escuela Municipal de Música “Luis Aramburu” (ordenanza nº 8.2).
- Norma reguladora del precio público por prestación de servicios en el Conservatorio Municipal de Danza José Uruñuela (ordenanza nº 8.6).
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