Viviendas comunitarias

Son alojamientos para personas mayores que por diferentes motivos no pueden seguir viviendo en sus casas. Cada vivienda tiene entre 10 y 24 plazas con un ambiente hogareño y agradable para vivir. Se cubren todas las necesidades de la vida cotidiana. El equipo profesional atiende durante 24 horas al día. La atención se centra en las preferencias, la intimidad y los derechos de cada persona y les ayuda a mantener sus capacidades, autonomía y proyecto de vida, favoreciendo también la relación con las familias, las amistades y la comunidad.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Personas de 65 años o más que tengan reconocido grado 1 de dependencia.

Las plazas se asignan según la disponibilidad. Las personas no pueden elegir el centro.

¿Dónde se puede pedir más información o hacer la solicitud?

En el Servicio Social de Base que corresponde al domicilio.

La trabajadora social valora si el recurso solicitado es necesario y adecuado.

El precio del recurso se establece cada año en la Ordenanza Fiscal 8.3.

Ubicación y contacto de las viviendas comunitarias

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