Patinetes eléctricos - Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

Actualizado: 07/05/2024

Con fecha 03/05/2024 ha entrado en vigor la modificación de la "Ordenanza municipal reguladora de los usos, tráfico, circulación y seguridad en las vías públicas de carácter urbano". Su cometido es mejorar la regulación de los patinetes eléctricos, o Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

La ordenanza establece los límites de velocidad y de uso de los patinetes, prohibe su circulación por aceras y zonas peatonales, y recoge el importe de las infracciones:

» Consultar la ordenanza

Puntos principales

1. Espacios de circulación

  • Se autoriza a circular tanto por las vías ciclistas exclusivas, como por las vías ciclistas compartidas.
  • Queda prohibida la circulación por las aceras, la totalidad de los espacios peatonales y las vías ciclistas compartidas con uso peatonal en cualquier franja horaria.
  • También queda prohibida la circulación por las travesías, vías interurbanas, túneles urbanos, autopistas y autovías que transcurren dentro del poblado.

2. Condiciones de uso

  • Se establece en 15 años la edad mínima permitida para circular por el espacio público.
  • Es obligatorio el uso del casco en todo momento.
  • Es obligatorio el uso de alumbrado entre la puesta y salida del sol y en condiciones de baja visibilidad.
  • Tanto las luces, como el timbre y reflectantes deben estar homologados.
  • No se puede circular utilizando de forma manual el teléfono móvil o auriculares conectados a un reproductor de sonido.
  • No se puede circular con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas.

3. Infracciones

  • Conducir sin luces, timbre y elementos reflectantes homologados: Leve: 45,08 euros
  • Conducir utilizando cascos o auriculares conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido: Grave: 200 euros
  • Conducir sin tener la edad mínima exigida por la Ordenanza: Grave: 200 euros
  • Amarrar o estacionar un VMP fuera de los espacios acondicionados para tal fin: Leve: 45,08 euros
  • Conducir sin usar el casco obligatorio: Grave: 200 euros
  • Conducir de noche y/o en condiciones climatológicas adversas sin llevar encendidas las luces y demás dispositivos reglamentarios: Leve: 45,08 euros
  • Conducir haciendo uso manual de teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación: Grave: 200 euros
  • Circular por aceras y demás zonas peatonales: Grave: 200 euros (grave)

4. Qué se considera un VMP

  • Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
  • Están equipados con un asiento, o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.
  • Se excluyen de esta definición los vehículos sin sistema de autoequilibrado y con sillín, los concebidos para competición, los vehículos para personas con movilidad reducida y aquellos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VAC.

5. Más información

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