Votre avis nous intéresse Si vous le souhaitez, vous pouvez aussi nous faire parvenirvos commentaires. Vous devez vous identifier. Les champs marqués d'un astérisque sont obligatoires. Détail du sujet * Joindre fichier [Max. 5 Mbytes] Nom ou Surnom Type de sujet * Public Privé Etat d'esprit Content Normal Triste Très triste Si vous souhaitez être informé que vous avez une réponse à ce sujet, entrez votre courriel: Autres informations de contact: Préfixe Téléphone
Commentaires reçus Página web: Preguntas frecuentes sobre los espacios municipales disponibles para albergar ceremonias de funerales civiles Voir le dernier commentaire (ajouté 12/05/2014 10:25:14) | Voir le contenu Hola. ¿Que permiso debe solicitar una Txaranga o unos Txistularis, o un Coro, si un día cualquiera desea tocar en la calle y que tasa debería abonar ? Los mendigos o artistas decalle, que hacen algún tipo de espectáculo en la calle pagan alguna tasa ? Imanol 09/05/2014 19:07:53 La realización de actividades en la vía pública está sometida a la correspondiente autorización administrativa y pago de la tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público . Puede solicitarla mediante un escrito en cualquier oficina de atención ciudadana. Así mismo, la Ley 4/95 de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas, regula la obligatoriedad de solicitud de licencias para instalaciones eventuales y portátiles. Por tanto, si se trata de una instalación de este tipo deberá solicitar al Ayuntamiento licencia de actividad y de ocupación de vía pública. En otro caso, deberá observar la Ordenanza Mucipal reguladora de Ruidos y Vibraciones que, en los artículos 29 y 30 de su Título V Actividades variadas, regula la producción de ruidos en la vía pública y en las zonas de pública convivencia. Esperamos que esta información le sea de utilidad. La Municipalité 12/05/2014 10:25:14