Prestaciones municipales económicas - Clasificación
Necesidades básicas
Necesidad básica: prestación dineraria que contempla los conceptos de alimentación, higiene, vestido/calzado y gastos farmacia.
Prestación Cobertura Básica: Prestación no dineraria para acceso a comercios mediante tarjeta no financiera. Esta prestación cubre los gastos básicos de alimentación e higiene.
Comedor Social: Prestación no dineraria dirigida a unidades de convivencia unipersonales que además de la problemática de carencia o insuficiencia de recursos económicos, tengan otras problemáticas añadidas de índole personal o y/o social para realizarla de manera autónoma en su domicilio.
Esta prestación requiere la valoración profesional de la situación de necesidad de la persona atendida. La demanda planteada tiene que ser considerada por los servicios sociales municipales o/y servicio municipal de urgencias sociales.
Para el acceso al comedor social municipal es preciso contar con la TMC o con el código de barras de la resolución.
El comedor social municipal actualmente se encuentra ubicado en C/Paseo de los Arquillos 11. Cuenta con 50 plazas.
Prestaciones de vivienda
Prestaciones destinadas a paliar situaciones no contempladas en las Ayudas de Emergencia Social, así como atender a determinados casos que superan los límites máximos de éstas y, sin embargo, se hace necesario su atención. Las prestaciones de vivienda se clasifican en:
- Gastos básicos de vivienda
- Gastos extraordinarios de vivienda
Prestaciones socio-sanitarias
Prestaciones dirigidas a cubrir gastos de tratamientos/necesidades médicas sanitarias no cubiertas por el sistema sanitario público. Será preciso informe médico justificativo de la necesidad.
Ayudas para la inserción
Prestaciones dirigidas a facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. Para facilitar este apoyo, las actividades laborales o formativas tienen que estar recogidas en el Plan de Intervención Familiar. Las personas a cargo del/la solicitante pertenecerán a su UC no habiendo ninguna persona que pueda ocuparse de éstas.
Prestaciones gastos personales
Prestaciones destinadas a personas sin apoyo familiar, con limitaciones económicas severas. Los conceptos tienen que ser contemplados por el/la TS como extrema necesidad.
Prestaciones gastos funerarios.
Esta prestación se tramita cuando la unidad de Convivencia carece de recursos económicos para hacer frente a los gastos derivados de enterramiento.
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Commentaires reçus
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Esta muy clara la información pero cuando nos solicitamos eso será otra cosa.
Soufiane
03/11/2020 13:51:12