Tasa por la recogida de basuras - Bonificaciones
- Bonificación según renta
- Para familias numerosas
- Para familias monoparentales
- Para viviendas ubicadas en pueblos
- Para locales de obra
- Para clínicas adscritas al régimen público sanitario
Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero.
Las bonificaciones sobre esta tasa pueden solicitarse hasta el 29 de julio. Las solicitudes realizadas después de este plazo se aplicarán en el recibo del año siguiente. Las bonificaciones no tienen carácter retroactivo.
Tramitar
Tramitación presencial
Tramitación telefónica
- Teléfono de atención ciudadana 010 (945 161 100 desde fuera de Vitoria-Gasteiz).
Tramitación por correo electrónico
- Correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org (Servicio de Gestión Tributaria).
Bonificación para viviendas ubicadas en pueblos
Los y las titulares de viviendas ubicadas en Ali, Betoño, Gamarra Mayor, Arriaga, Gardelegi y Armentia y construidas antes del año 1986 pueden disfrutar de una bonificación en la tasa de basuras.
La cuota que deben abonar estos y estas propietarias será la prevista para viviendas de hasta 120 m2. La bonificación se aplicará de oficio.
Bonificación para locales de obra
Los locales que en el Catastro inmobiliario figuren calificados con el uso catastral de "Local en estructura", tendrán una bonificación del 50% en la cuota de la tasa de basuras estipulada para las tarifas de comercio, oficinas y enseñanza.
Aplicación de la bonificación:
La bonificación se aplicará directamente sin necesidad de presentar solicitud.
Bonificaciones para clínicas adscritas al régimen público sanitario
Las clínicas adscritas al régimen público sanitario tendrán una bonificación del 15 por 100, cualquiera que sea la superficie del inmueble.
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