Tasa por la recogida de basuras - Información importe a pagar

La cuota de esta tasa es de carácter anual y se determina según unas tarifas, en función del uso y de la superficie del inmueble.

El devengo de la tasa (fecha en la que es exigible) es el 1 de enero.

TARIFAS-CUOTAS: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Recogida y Eliminación de Basuras (Ordenanza nº 6.3)

Se aplicará un recargo de la tasa de basuras con la siguiente escala:

RECARGO TASA DE BASURAS
Nº PERSONAS EMPADRONADAS EN LA FECHA DE DEVENGO 1 DE ENERO RECARGO
Hasta 3 personas 0 %
4 personas 4 %
5 personas 6 %
6 personas 8 %
7 personas 10 %
8 o más personas 12 %

Tramitar

Tramitación presencial

Tramitación telefónica

  • Teléfono de atención ciudadana 010 (945 161 100 desde fuera de Vitoria-Gasteiz).

Tramitación por correo electrónico

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