Bonificaciones y exenciones para familias numerosas

Las familias numerosas podrán beneficiarse de bonificaciones en los siguientes impuestos y/o pagos:

El IBI, el impuesto de vehículos y la tasa de basuras, se pueden solicitar presentando un único impreso de solicitud general pdf, y si se concede la bonificación, no será necesario volver a solicitarla en años posteriores. El Ayuntamiento la aplicará automáticamente, siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión.

La consulta o verificación de datos necesarios para la aplicación de los beneficios fiscales, se llevará a cabo, por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, mediante el acceso de datos que obran en poder de otras Administraciones, a través del modelo de interoperabilidad de Euskadi, que se articula en torno al Nodo de Interoperabilidad y Seguridad de las administraciones de Euskadi (NISAE).

(Cuadro-Resumen de bonificaciones a familias numerosas pdf)

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Requisitos

  • Empadronamiento en la vivienda objeto de bonificación.
  • Cumplir niveles de renta familiar estandarizada.
  • No tener en propiedad otras viviendas en un porcentaje igual o superior a un 50%.

Documentación

  • Impreso de solicitud pdf.
  • Copia del título de familia numerosa.
  • Última declaración de la renta, si realiza la declaración fuera de la provincia de Alava.

La bonificación será del 90%, del 50% o del 10%. Esta bonificación es compatible con la establecida para las viviendas de protección oficial, siempre que la suma de ambas no supere el 100% de la cuota.

Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero. Más información en el epígrafe 17.4 de la Ordenanza Fiscal 1.

Impuesto de vehículos

Requisitos

  • Los vehículos deben tener, al menos, 5 plazas y ser turismos.
  • Cumplir niveles de renta familiar estandarizada.

Documentación:

  • Impreso de solicitud pdf.
  • Copia del título de familia numerosa.
  • Última declaración de la renta, si realiza la declaración fuera de la provincia de Alava.

Se bonificará un solo vehículo por familia. La bonificación será del 20%, 15% ó 10%. Se incrementará su bonificación en un 10% cuando tenga un vehículo de cero emisiones o etiqueta ECO. Los requisitos para la obtención de bonificaciones y exenciones se deberán cumplir a fecha 1 de enero.

Tasa de basuras

Requisitos

  • Empadronamiento en la vivienda objeto de bonificación.

Documentación

  • Impreso de solicitud pdf.
  • Copia del título de familia numerosa.
  • Las familias numerosas arrendatarias de la vivienda también pueden solicitar la bonificación, siempre que acrediten el pago de la tasa.

Tributarán por la cuota del tramo imediatamente inferior a aquel que les corresponda según superficie. Se bonificará un 50% del recargo que se aplica en las tarifas de viviendas, en función del número de personas empadronadas a la fecha del devengo (1 de enero).

Escuela de Danza José Uruñuela y Academia de Folklore

Documentación

Familia numeros de categoría especial*: matrícula gratuita

Familiar numeros de categoría general: matrícula semigratuita (50% de bonificación).

Escuela de Música "Luis Aramburu"

Documentación

Familia numeros de categoría especial*: matrícula gratuita y 75% de bonificación en precios de colonias musicales.

Familiar numeros de categoría general: 50% de bonificación en matrícula (semigratuita) y en precios de colonias musicales.

Tasas por derecho de examen

Documentación

50% de bonificación.

Normativa

  • La categoría de especial corresponde a las unidades familiares de cinco o más hijos e hijas y las de cuatro, cuando al menos tres de ellos proceden de parto, adopción o acogimiento múltiples. El resto son de categoría general.
  • La renta familiar estandarizada, se regula en el Decreto 154/2012, de 24 de julio, del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia (BOPV nº 152 de 6 de agosto de 2012).
  • Ordenanzas fiscales:
    • Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (ordenanza nº 2).
    • Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y eliminación de basuras (ordenanza nº 6.3).
    • Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (ordenanza nº 1).
    • Norma reguladora del precio público por prestación de servicios de la Academia Municipal de Folklore (ordenanza nº 8.5).
    • Norma reguladora del precio público por prestación de servicios en el Conservatorio Municipal de Danza José Uruñuela (ordenanza nº 8.6).
    • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen (ordenanza nº 7.13).

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