Información de Consumo - Talleres de reparación de vehículo
- Sobre las piezas de repuesto
- Información a las personas usuarias
- Presupuesto
- Resguardo del depósito en el taller
- Desistir de la reparación del vehículo
- Demorar la reparación de un vehículo por falta de piezas
- Factura de la reparación
- Gastos de estancia
- Hojas de reclamaciones
Sobre las piezas de repuesto
Las piezas de repuesto deben ser nuevas y adecuadas al modelo del vehículo
Se establece por la regulación aplicable que todos los elementos, piezas, o conjuntos que los talleres utilicen en sus reparaciones deberán ser nuevos y adecuados al modelo de vehículo objeto de reparación
Se establecen las siguientes excepciones con los requisitos que a continuación se mencionan:
- Previa conformidad escrita de la persona que solicita el servicio.
Se podrá instalar elementos, equipos, o conjuntos reacondicionados, o reconstruidos por los fabricantes de los mismos, por los servicios autorizados por éstos, o por industrias especializadas autorizadas expresamente por el Ministerio de Industria y Energía.
El taller facilitará a la persona información de la procedencia de los elementos, equipos o conjuntos y de la garantía de los mismos. En el caso de industrias especializadas autorizadas por el Ministerio de Industria y Energía deberá constar además fehacientemente dicha circunstancia y el número de Registro Especial de Fabricantes de partes, piezas y equipos para vehículos que les corresponda.
- Podrán ser instalados determinados elementos o conjuntos usados, reconstruidos por talleres especialistas, expresamente autorizados por el Ministerio de Industria y Energía, para la utilización exclusiva e éstos en las reparaciones que ellos efectúen en los vehículos, cuyos modelos incorporen el conjunto reconstruido, previa conformidad escrita del cliente y siempre que el taller se responsabilice también por escrito que tales conjuntos se hallan en buen estado y ofrecen suficiente garantía.
- Previa conformidad escrita de la persona que solicita el servicio, podrán utilizarse piezas usadas o no específicas del modelo del vehículo a reparar, siempre que el taller se responsabilice por escrito de que :
- las piezas usadas se encuentran en buen estado.
-
las piezas no específicas permiten una adaptación con garantía suficiente en el modelo de vehículo que se repara en los casos siguientes:
- razón de urgencia justificada.
- elementos de modelos que se han dejado de fabricar y de figurar en las existencias normales de los almacenes de repuestos.
- por cualquier otra razón aceptada por la persona usuaria, siempre y cuando no afecte a elementos activos o conjuntos de los sistemas de frenado, suspensión y dirección del vehículo.
Prohibición: Esta prohibido a los talleres, instalar en los vehículos, piezas, elementos o conjuntos cuya utilización no esté permitida pro lo dispuesto en el Código de Circulación.
Marca del fabricante.- Las piezas, elementos, o conjuntos que los talleres utilicen en sus reparaciones deberán llevar fijada de manera legible e indeleble la marca del fabricante, si este requisito es exigido por la legislación específica. También, deberán llevar la contraseña de homologación en el caso de que sea obligatoria por el Ministerio de Industria y Energía.
Entrega del material sustituido
El taller que efectúa la reparación está obligado a presentar a la persona que solicita el servicio, y a entregarle al término de la reparación, salvo manifestación expresa de ésta, las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos.
Precio de las piezas de repuesto
Los talleres están obligados a tener a disposición del público justificación documental que acredite el origen y precio de los repuestos, y no se puede cobrar más de lo que figure en el precio de venta al público.
Sustitución innecesaria de piezas
Están prohibidas la sustitución innecesaria de piezas, cuando suponga un incremento de costo para la persona usuaria o una posible degradación del vehículo.
Información a las personas usuarias
Los talleres están obligados a exhibir al público, de manera visible, los siguientes elementos:
- Precios aplicables por hora de trabajo y por servicios concretos. También los precios de otros servicios, como los que se realicen fuera de la jornada normal de trabajo del taller, por servicios móviles propios, o gastos diarios por estancia. Deben incluir todo tipo de cargas o gravamen, con mención diferenciada de la parte del precio que corresponde a impuestos.
- Leyendas que incluyan el derecho de las usuarias y usuarios la elaboración del presupuesto.
- La existencia de hojas de reclamaciones a disposición del cliente.
- Horario de prestación del servicio .
Presupuesto
Las personas que solicitan el servicio tienen derecho a un presupuesto escrito. El presupuesto tiene un periodo de validez mínima de 12 días hábiles.
En el presupuesto debe figurar:
- Número del taller en el Registro Especial, así como la identificación fiscal, y domiclio.
- El nombre y domicilio de la persona usuaria.
- Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividad, con indicación del precio total desglosado a satisfacer por la persona usuaria.
- Identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros.
- Fecha prevista de entrega del vehículo
- Indicación del tiempo de validez del presupuesto.
- Espacio reservado para la fecha y firma de aceptación por la persona usuaria.
El derecho a la elaboración del presupuesto es renunciable.
Pago por la elaboración del presupuesto
Sólo se pagará el presupuesto cuando, una vez solicitado, no fuera aceptado por la persona que lo solicitó, cualquiera que fuera el motivo del rechazo. El coste del presupuesto también esta sujeto a módulos fiijados por el fabricante.
Averías y defectos ocultos durante la reparación y no previstas en el presupuesto
Las averías y defectos ocultos que aparezcan durante la reparación del vehículo deberán ser puesto en conocimiento de la persona que ha solicitado el servicio en el plazo máximo de 48 horas y sólo podrá realizarse previa conformidad expresa del mismo.
Resguardo del depósito en el taller
En todos los casos en que el vehículo quede depositado en el taller, tanto para la elaboración de un presupuesto como para llevar a cabo una reparación, el taller deberá entregar un resguardo acreditativo del depósito del vehículo.
La presentación del resguardo será necesaria tanto para la recogida del presupuesto como para la retirada.
El resguardo del depósito debe contener:
- Datos del taller.
- Datos del usuario o usuaria
- Identificación del vehículo ( marca, modelo, matrícula, kilómetros recorridos).
- Si es entregado para hacer presupuestos, o para la reparación del vehículo.
- Descripción de la reparación.
- Fecha prevista de la entrega del presupuesto o reparación del vehículo.
- Fecha prevista de entrega, ya sea del presupuesto o del vehículo reparado.
- Fecha y firma del prestador del servicio.
Desistir de la reparación del vehículo
Se podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller el importe por los trabajos efectuados hasta la retirada del vehículo.
Demorar la reparación de un vehículo por falta de piezas
Los fabricantes y representantes oficiales de las marcas están obligados a facilitar los repuestos , siempre que tengan existencia de los mismos, y en todo caso, en el plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud, para las marcas de importación y no superior a quince días para las piezas correspondientes a vehículos nacionales.
Factura de la reparación
Todos los talleres están obligados a entregar factura escrita , firmada y sellada, debidamente desglosada y en la que se especifiquen cualquier tipo de cargos devengados, las operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y horas de trabajo empleadas, señalando para cada concepto su importe.
Gastos de estancia
Podrán derivarse gastos de estancia, cuando confeccionado el presupuesto o reparado el vehículo, y puesto en conocimiento de la persona que ha solicitado el servicio, no proceda dicha persona al pronunciamiento sobre la aceptación o no del presupuesto o la retirada del vehículo en el plazo de tres días hábiles.
En todo caso, dichos gastos de estancia sólo procederán cuando el vehículo se encuentre en los locales bajo custodia del taller y por los días que exceda del citado plazo.
Garantía de las reparaciones
Todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller deben quedar garantizadas, al menos, en las siguientes condiciones:
- La garantía caduca a los tres meses o a los 2.000 kilómetros recorridos.
- Si se trata de vehículos industriales caduca a los quince días o 2.000 kilómetros recorridos.
Todo ello, salvo que las piezas incluidas en la reparación tengan un plazo de garantía superior, en cuyo caso y para éstas rige el de mayor duración.
La garantía incluye al total, tanto materiales aportados como manos de obra, y afecta a todos los gastos que se puedan ocasionar, tales como transporte que la reparación exija, el desplazamiento del personal que hubiera de efectuarla cuando el vehículo averiado no pueda desplazarse, el valor de la mano de obra y material de cualquier clase, así como la imposición fiscal que grave esa nueva operación.
Hojas de reclamaciones
Los talleres estarán obligados a disponer de hojas de reclamaciones, circunstancia que deberá estar anunciada en la información al público que deberá exhibir el taller.
Una vez cumplimentada deberá ser sellada o firmada por el taller. De las tres hojas que se compone, debemos enviar el original a la Oficina de Información al Consumidor, y conservar la tercer copia, dejando la segunda al reclamado.
Normativa aplicable: La regulación aparece establecida en el Real DECRETO 1457/1986, de 10 de enero que regula la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos, de sus equipos y componentes.
Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.