Preguntas frecuentes sobre conductas y responsabilidades de las personas que tienen una mascota

¿Es obligatoria la implantación del microchip en perros, gatos y hurones?
Sí, es obligatorio identificar a todos los perros en el plazo de dos meses desde el nacimiento,y siempre antes de cualquier transmisión de titularidad.
En relación a los gatos y hurones del ámbito domésticos, los nacidos después del 18 de agosto de 2022, deben ser identificados de la misma manera.
En el caso de los gatos y hurones nacidos antes del 18 de agosto de 2022, la normativa establecerá un período para su identificación.

¿Es obligatoria la vacunación contra la rabia para los perros?
Sí, es obligatoria la vacunación de rabia en perros en Euskadi desde la publicación de la Orden de 30 de septiembre de 2022 por la que se regula dicha vacunación.
Para viajar a otros países de la UE la vacuna de rabia es obligatoria en perros, gatos y hurones.
¿Es obligatorio tener asegurado a mi perro?
Sí. Desde la aprobación de la Ley 9/2022 de 30 de junio de protección de los animales domésticos en Euskadi se hace obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil para la tenencia de animales de la especie canina.
¿Tengo obligación de esterilizar a mi perro o gato?
La obligación depende de los casos:
• Es obligatorio en caso de perro de raza PPP.
• Es obligatorio en caso de transmisión de perros y gatos por parte de titulares o responsables.
¿Es obligatorio llevar a mi perro atado cuando transito por vía pública?
Sí, en las vías y espacios públicos urbanos, así como en las partes comunes de los inmuebles colectivos, los perros deben ir sujetos por una correa adecuada a las características del animal de una longitud máxima de 2 metros.

No obstante, en Vitoria-Gasteiz, existen numerosas zonas verdes y parques en los que es posible disfrutar de paseos sin correa, para que los perros puedan hacer ejercicio físico en libertad. Se puede consultar la información en el Sitio web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz - Zonas para que los perros vayan sin correa

En el caso de los perros catalogados como “PPP” la Ley no permite que puedan circular o pasear sin correa en ningún caso y además deberán cumplir el resto de condiciones que indica su normativa específica (uso de bozal, licencia etc.).
¿Es obligatorio recoger las cacas de mi perro aunque lo haga en una zona verde?
Es obligatorio proceder a la retirada y limpieza inmediata de las deyecciones que los animales depositen en las aceras, paseos, playas, jardines, y en general en espacios públicos y privados de uso común, constituyendo una infracción objeto de sanción.
¿Puedo acceder con mi mascota a un local hostelero?
Sí, con carácter general, pero son las personas titulares de los locales hosteleros las que deciden si permiten el acceso de mascotas en el local. En caso de no permitir el acceso, se debe señalizar de forma clara.
En el caso de que la persona titular del local hostelero permita el acceso de mascotas en su local, las mascotas no podrán acceder en ningún caso a las zonas de fabricación, venta, almacenamiento, transporte y manipulación de alimentos.
El acceso de las mascotas se hará de forma que se encuentren controladas por las personas propietarias mediante correa o bien dentro de transportín y en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias.
Los perros de asistencia y los de las Fuerzas de Seguridad del Estado, en el cumplimiento de sus funciones, estarán exentos de estas prohibiciones.
¿Puedo acceder con mi mascota a un local o transporte público?
Sí, con carácter general, pero será la persona o empresa responsable del local o transporte público quien determine si se permite la entrada de animales, de conformidad con su legislación sectorial específica. En caso de no permitirse deberá señalizarse expresamente.
En el caso de que si se permita la entrada de animales en locales o transportes público, éstos se mantendrán con las debidas medidas de seguridad y en adecuadas condiciones higiénico-sanitarias.
Los perros de asistencia y los de las Fuerzas de Seguridad del Estado, en el cumplimiento de sus funciones, estarán exentos de estas prohibiciones

¿Cuánto tiempo puedo dejar a mi mascota sola en casa?
Conforme lo establecido en la Ley 9/2022 de Protección de los Animales Domésticos de Euskadi, está prohibido dejar solo a cualquier animal durante más de 24 horas consecutivas.
Además, si el animal es un perro, el plazo no puede ser superior a 12 horas.
Se recomienda disponer de una red de apoyo (amigos, familiares) para la atención de animales cuando se queden solos o bien recurrir a los servicios de profesionales (residencias de animales, paseadores/cuidadores de animales…..).

¿Me pueden sancionar si abandono a mi mascota?
El abandono de un animal está tipificado como infracción MUY GRAVE en la Ley 9/2022 de Protección de los Animales Domésticos de Euskadi.
Las sanciones por abandonar un animal pueden ir entre 10001 y 100000 euros.
¿Qué se considera animal abandonado?
Se considera animal abandonado aquél que no lleve ninguna identificación, ni vaya acompañado de persona alguna, así como aquel que, portando su identificación, no haya sido denunciado su extravío por su propietario o persona autorizada en el plazo de 72 horas.

¿Cuál es el procedimiento que debo seguir en caso de sufrir una agresión por un perro?
Si un perro muerde a una persona, se activa el procedimiento en el Decreto 101/2004 de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la comunidad Autónoma del País Vasco .
Se debe requerir la presencia de la Policía Local en el lugar de los hechos.
Policía Local informará a la persona propietaria del perro agresor de los pasos que debe seguir, debiendo iniciar, en un plazo de 24 horas, la observación del perro agresor por parte de profesionales veterinarios para determinar si el animal presenta síntomas compatibles con enfermedades zoonóticas.
Asimismo, la persona titular del perro agresor deberá contactar con el Centro de Protección Animal para iniciar los trámites de evaluación conductual del perro.

¿Dónde puedo dirigirme a la hora de denunciar un maltrato animal?
Se deben denunciar los hechos en Policía Local y ellos contactarán con los servicios veterinarios municipales o directamente en el Juzgado de Guardia de la ciudad..
¿Cuáles son los perros catalogados como potencialmente peligrosos?
Consulta la información relativa a la clasificación de perros potencialmente peligrosos

Soy propietario de un perro potencialmente peligroso y dispongo de la licencia ¿es suficiente?
Además de la licencia, deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000,00 euros.
También deberá inscribir al animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para pasear correctamente un perro potencialmente peligroso?
Siempre que lo lleve en la vía pública debo llevarlo atado con una correa no extensible e inferior a 2 metros y con un bozal adecuado a su tamaño y raza.
No soy propietario del perro, pero voy a pasear un perro potencialmente peligroso ¿Debo sacar licencia?¿Si no tengo licencia, se podría iniciar expediente sancionador?
La ley exige que la persona que controle esta clase de animales en lugares o espacios públicos sea titular de la licencia administrativa correspondiente. De tal manera, que si no cuenta con dicha licencia , y hubiera la denuncia correspondiente de Policía Municipal se iniciaría un expediente sancionador contra la persona que conduce el animal.

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