¿Con qué antelación es necesario realizar la reserva?
Las ceremonias que se celebren en los centros cívicos podrán reservarse con un máximo de 8 días de antelación.Quienes deseen hacerlo con mayor plazo deberán hacer una solicitud por escrito y entregarla en el centro cívico donde se desarrollará el acto.
La reserva del espacio en los palacios de Villasuso y Europa deberá realizarse con un mínimo de 10 de antelación.
¿Cómo se abona la cantidad resultante de la solicitud del espacio?
El pago para las ceremonias en centros cívicos podrá hacerse en persona en cualquier centro o bien vía electrónica siempre que la reserva la haya realizado la misma persona por Internet.
Cuando las ceremonias se celebren en Palacio de Villasuso o en el Europa el pago se hará en la oficina del palacio Europa.
¿Se pueden usar los medios audiovisuales con los que cuenta el espacio del centro cívico donde se celebrará la ceremonia?
Lamentablemente este servicio no está disponible.
¿Qué ocurre si supero el aforo?
Siempre hay que respetar el aforo máximo. El Palacio Europa cuenta con el máximo aforo, de 450 personas. En caso de superarlo, se ofrece la posibilidad de solicitar la retransmisión del homenaje por videoconferencia en una sala conjunta, siempre que esté disponible y se haya tramitado el alquiler.
Deseo celebrar un funeral civil en un local municipal. ¿Cómo o dónde debo solicitarlo?
Hola. ¿Que permiso debe solicitar una Txaranga o unos Txistularis, o un Coro, si un día cualquiera desea tocar en la calle y que tasa debería abonar ? Los mendigos o artistas decalle, que hacen algún tipo de espectáculo en la calle pagan alguna tasa ?
Imanol 09/05/2014 19:07:53
La realización de actividades en la vía pública está sometida a la correspondiente autorización administrativa y pago de la tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público . Puede solicitarla mediante un escrito en cualquier oficina de atención ciudadana.
Así mismo, la Ley 4/95 de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas, regula la obligatoriedad de solicitud de licencias para instalaciones eventuales y portátiles.
En otro caso, deberá observar la Ordenanza Mucipal reguladora de Ruidos y Vibraciones que, en los artículos 29 y 30 de su Título V Actividades variadas, regula la producción de ruidos en la vía pública y en las zonas de pública convivencia.
Esperamos que esta información le sea de utilidad.
Página web: Preguntas frecuentes sobre los espacios municipales disponibles para albergar ceremonias de funerales civiles
Ver último comentario (añadido 12/05/2014 10:25:14) | Ver contenido
Hola. ¿Que permiso debe solicitar una Txaranga o unos Txistularis, o un Coro, si un día cualquiera desea tocar en la calle y que tasa debería abonar ? Los mendigos o artistas decalle, que hacen algún tipo de espectáculo en la calle pagan alguna tasa ?
Imanol 09/05/2014 19:07:53
La realización de actividades en la vía pública está sometida a la correspondiente autorización administrativa y pago de la tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público . Puede solicitarla mediante un escrito en cualquier oficina de atención ciudadana.
Así mismo, la Ley 4/95 de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas, regula la obligatoriedad de solicitud de licencias para instalaciones eventuales y portátiles.
Por tanto, si se trata de una instalación de este tipo deberá solicitar al Ayuntamiento licencia de actividad y de ocupación de vía pública.
En otro caso, deberá observar la Ordenanza Mucipal reguladora de Ruidos y Vibraciones que, en los artículos 29 y 30 de su Título V Actividades variadas, regula la producción de ruidos en la vía pública y en las zonas de pública convivencia.
Esperamos que esta información le sea de utilidad.
El Ayuntamiento 12/05/2014 10:25:14