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Comentarios recibidos Página web: Preguntas frecuentes sobre los espacios municipales disponibles para albergar ceremonias de funerales civiles Ver último comentario (añadido 12/05/2014 10:25:14) | Ver contenido Hola. ¿Que permiso debe solicitar una Txaranga o unos Txistularis, o un Coro, si un día cualquiera desea tocar en la calle y que tasa debería abonar ? Los mendigos o artistas decalle, que hacen algún tipo de espectáculo en la calle pagan alguna tasa ? Imanol 09/05/2014 19:07:53 La realización de actividades en la vía pública está sometida a la correspondiente autorización administrativa y pago de la tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público . Puede solicitarla mediante un escrito en cualquier oficina de atención ciudadana. Así mismo, la Ley 4/95 de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas, regula la obligatoriedad de solicitud de licencias para instalaciones eventuales y portátiles. Por tanto, si se trata de una instalación de este tipo deberá solicitar al Ayuntamiento licencia de actividad y de ocupación de vía pública. En otro caso, deberá observar la Ordenanza Mucipal reguladora de Ruidos y Vibraciones que, en los artículos 29 y 30 de su Título V Actividades variadas, regula la producción de ruidos en la vía pública y en las zonas de pública convivencia. Esperamos que esta información le sea de utilidad. El Ayuntamiento 12/05/2014 10:25:14