Convocatoria de Ayudas a la Rehabilitación de Viviendas y Edificios Residenciales en el Casco Medieval de Vitoria-Gasteiz para el periodo 2022-2025

Concesión de ayudas económicas para la promoción de actuaciones de rehabilitación en viviendas y edificios residenciales en el Casco Medieval de Vitoria- Gasteiz.

Plazo | Ámbito de aplicación | Importe | Requisitos | Documentación | Preguntas frecuentes | Normativa | Tramitación

Plazo

Del 27 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2025 o día hábil inmediatamente anterior, conforme establece el BOTHA Num. 122 , de 26/10/2022(Se abre en una ventana nueva).

Modificación de la Convocatoria: BOTHA Num. 14 , de 03/02/2023(Se abre en una ventana nueva)

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de esta convocatoria de ayudas será el del vigente Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Medieval de Vitoria-Gasteiz. Para ello, consultar el Plano del ámbito de aplicación de las ayudas pdf, ampliándose en las siguientes calles colindantes:

  • Calle Siervas de Jesús, números impares, del 1 al 25.
  • Calle San Francisco, números pares.
  • Calle Nueva Fuera, números pares y Cantón de Santa María, 2Bis, 4 y 19.
  • Calle Bueno Monreal, números pares; Calle Cubo, números pares.
  • Calle Torno y calle Colegio San Prudencio 4 y 6.
  • Calle Abrevadero.
  • Calle San Ignacio números impares, Plaza Bilbao 1 y 5, Portal de Arriaga 10 y 12.

Importe

Para la determinación del importe de las ayudas se establecen 3 tramos de renta ponderados en función de la situación familiar.

Requisitos

Las ayudas previstas son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas o privadas que pudieran concederse para la misma finalidad, con las limitaciones establecidas en esta convocatoria.

Los fondos públicos destinados a esta convocatoria se distribuyen de la siguiente forma:

Fondos públicos destinados a las ayudas
Anualidad Crédito previsto
2022 1.100.000,00 €
2023 500.000,00 €
2024 1.000.000,00 €
2025 1.000.000,00 €
Total 3.600.000,00 €

Documentación

  • La documentación de solicitud de las ayudas deberá entregarse antes del inicio de las obras, salvo en el supuesto de órdenes de ejecución de carácter urgente que estén debidamente documentadas y en los supuestos recogidos en la disposición adicional.

Obras de Comunidad

Obras particulares

Preguntas frecuentes

Normativa

Tramitación

Tramitación presencial

Observaciones

Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

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