Plan General de Ordenación Urbana. Expedientes en tramitación
Consulta pública previa sobre la 18ª modificación del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Medieval - PERI 1
Cuándo: Desde el día 1 hasta el día 21 de septiembre de 2022
Cómo: A través del correo electrónico gestionadm2.0201@vitoria-gasteiz.org
De conformidad con lo previsto en su Programa de Participación Ciudadana ( BOTHA), se sustancia consulta pública para que las personas, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus opiniones sobre los diferentes aspectos de la modificación.
Introducción, descripción del ámbito y de la iniciativa que se propone
La propuesta se incluye dentro del ámbito del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Medieval, centrándose en las unidades UEPR – 8.1, en Pintorería nº 61, nº 63 y nº 65 y la UEPR – 10.1, en Nueva Dentro nº 1 y nº 3.
El Plan Especial plantea estas unidades como figuras de gestión pública de carácter residencial. Son agrupaciones de parcelas contiguas, que deben gestionarse de manera conjunta.
La condición de gestión pública responde según el propio Plan, al hecho de que para estos elementos, dada su gran dificultad de gestión, debido a sus específicas circunstancias de parcelación y ordenación, y al hecho de soportar afecciones mayores, no resulta conveniente su ejecución a cargo de la iniciativa privada.
Es por ello que el Plan Especial establece como sistema de gestión, la expropiación.
De las 5 unidades de ejecución públicas residenciales, tan sólo se ha ejecutado una de ellas, por lo que resulta necesario replantear la gestión de las mismas, posibilitando la intervención en los inmuebles y por ende la conservación del Casco Histórico de la ciudad, planteándose para ello la modificación del Plan Especial.
En este contexto, a través de la consulta que se plantea se pretende recabar opinión a cerca de los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
En ambas unidades existen inmuebles que han llevado a cabo tareas de mantenimiento y por tanto reúnen condiciones de habitabilidad, mientras que en otros su estado es ruinoso. El estado de conservación dispar de los elementos que forman las mencionadas unidades dificulta el desarrollo de una intervención de manera conjunta, tanto por parte de la administración como por parte de los propietarios.
Se da la circunstancia de que además de ostentar un nivel de protección básica (histórico) en uno de sus inmuebles, la unidad UEPR – 8.1, conforma una fachada a la calle Pintorería que excede de la longitud de fachada máxima establecida por el propio PERI, dificultando aún más si cabe la definición del futuro proyecto.
De todo lo expuesto, se desprende la conveniencia de un rediseño de estas dos unidades, UEPR – 8.1 y UEPR-10.1, eliminando esa delimitación, para lo cual se precisa realizar una modificación del PERI.
b) Necesidad y oportunidad de la modificación del Plan
La gestión establecida en el Plan Especial dificulta la intervención en los inmuebles, lo que supone avanzar en el deterioro de los mismos, peligrando su integridad y repercutiendo en el mantenimiento del propio Casco Histórico, declarado Conjunto Monumental.
La eliminación de las unidades de ejecución dentro del PERI, supondría la posibilidad de intervenir de manera directa en los inmuebles, facilitando la protección, conservación, restauración y mejora del tejido urbano, de manera que se consiga el mantenimiento de la población existente, la mejora de sus condiciones de vida y en especial la calidad de la vivienda.
Supondría una modificación pormenorizada del planeamiento que manteniendo tanto las intensidades como los usos residenciales de las parcelas, variaría la gestión que debe seguir el desarrollo de las mismas.
c) Objetivos de la modificación del Plan
Que los inmuebles integrados en las unidades de ejecución puedan ser objeto de las intervenciones que requieran de manera independiente, atendiendo a su situación particular y a sus necesidades.
Conservación del Casco Histórico a través del mantenimiento de los inmuebles que lo integran.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
La alternativa que se plantea consiste en eliminar la delimitación de las dos unidades, lo que supondría acabar con la obligación de actuar de manera conjunta sobre los inmuebles.
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