Preguntas frecuentes sobre matrimonios civiles en el Ayuntamiento
¿Cuántos testigos/as debo tener en la ceremonia?, ¿Cuáles son los requisitos que tienen que cumplir?
Las personas contrayentes deben contar con dos testigos/as mayores de edad.
¿Cuándo hay que decidir entre separación de bienes o bienes gananciales?
Para optar por la separación de bienes deberá otorgar “capitulaciones matrimoniales” ante Notario/a. Este trámite puede realizarse antes o después de la celebración del matrimonio. Una vez se hayan realizado las capitulaciones, debe presentarse el original y una copia en el Registro Civil para que se incluya en el Libro de Familia y en la inscripción de matrimonio. De no realizarse estos trámites, la boda se entenderá celebrada en régimen de gananciales.
¿Qué documentación es necesario presentar?
- Fotocopias DNIs de las personas contrayentes.
- Fotocopias DNIs de las dos personas que actuarán como testigos/as (mayores de edad).
- Matrículas de los coches que entren en la Plaza España (máximo 2).
- Fotocopias DNIs de las dos personas que actuarán como testigos/as (mayores de edad).
- Matrículas de los coches que entren en la Plaza España (máximo 2).
¿Puede oficiarse la boda fuera del Ayuntamiento?
No, el Alcalde, o las concejalas y los concejales solo pueden oficiar bodas en la Casa Consistorial.
¿Cuántos coches puedo llevar el día de la boda?
El día de la boda se permitirá el acceso a la Plaza de un máximo de dos vehículos que trasladen a las personas contrayentes siempre y cuando se hayan facilitado, previamente, los datos de los vehículos.
¿Se puede realizar algún tipo de baile o espectáculo a la salida?
Sí, las personas contrayentes o invitadas pueden contratar danzas, aurreskus u otros bailes o espectáculos que, deberán realizarse, en todo caso, fuera de los arcos del Ayuntamiento, facilitando así la entrada de la siguiente boda.
¿Se puede añadir decoración, flores, etc. en la sala de ceremonias?
No, no se admite ningún tipo de ornamentación con el fin de dar el mismo trato a todas las bodas. Esto se hace extensivo a cualquier ambientación utilizando velas, flores, etc.
¿Se puede quitar algún tipo de ornamentación de la sala de ceremonias
No, no se admite ningún tipo cambio en la ornamentación y protocolo de la ceremonia con el fin de dar el mismo trato a todas las bodas.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio
Pueden presentarse consultas, quejas o sugerencias sobre este trámite en:
- En el Buzón ciudadano, al que se puede acceder desde la web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
- A través del teléfono 010 (945 161 100 si se llama desde fuera de la ciudad).
- En las oficinas de atención ciudadana.
- En el Buzón ciudadano, al que se puede acceder desde la web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
- A través del teléfono 010 (945 161 100 si se llama desde fuera de la ciudad).
- En las oficinas de atención ciudadana.
Tu opinión nos importa
Si quieres también puedes hacernos llegar tus comentarios. Es necesario que te identifiques.