Preguntas frecuentes sobre ayudas psicopedagógicas
¿Dónde encuentro la información relativa a las ayudas psicopedagógicas?
En la página web del Ayuntamiento, subvenciones a centros escolares para el apoyo a niñas y niños con dificultades de aprendizaje y en el BOTHA
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Los Centros Escolares de EPO
¿Que requisitos tiene que cumplir la persona beneficiaria de la ayuda?
- Necesitar un apoyo escolar de carácter psicopedagógico (dificultades de aprendizaje).
- Estar matriculada en el centro escolar en 1º o 2º de EPO y en el caso de estar matriculada en 3º de EPO, haber sido beneficiaria de la ayuda el curso anterior.
- Que no este recibiendo otra ayuda similar por otros organismos públicos.
- Ser becada por el Gobierno Vasco en el curso anterior a la solicitud.
La alumna o el alumno ha solicitado beca, pero no la tiene concedida en este momento. Otra hermana o hermano suyo sí la tiene concedida, por lo tanto la familia cumple las condiciones, ¿en este caso puede acceder a la ayuda?
No, solamente cuando la propia alumna o alumno tiene concedida la beca puede acceder a solicitar la ayuda.
La alumna o el alumno se encuentra estudiando en un curso superior a 3º de EPO y su situación requiere ayuda psicopedagógica, ¿podría acceder por primera vez a estas ayudas?
No, solamente pueden acceder alumnas o alumnos de 1º y 2º de EPO y aquellos que hayan sido beneficiarios de la ayuda el curso anterior y siempre para un máximo de dos cursos.
Una madre o un padre pregunta a lo largo del curso si su hija o hijo puede acceder a estas ayudas:
Solamente puede solicitar la ayuda el centro, siguiendo los plazos y condiciones recogidas en la convocatoria.
Una vez que recibimos la resolución con el alumnado admitido, ¿qué debemos hacer?
Una vez recibida la resolución, los centros tienen que ponerse en contacto con gabinetes psicopedagógicos, organizar las sesiones a recibir y realizar el seguimiento. Además, al final de la intervención, deben solicitar tanto las facturas como los informes, que deberán enviar posteriormente al Servicio de Educación para justificar la subvención, siguiendo los plazos establecidos.
¿Cuántas sesiones van a recibir el alumnado y las familias?
El número de sesiones que van a recibir el alumnado y las familias aparecen en la resolución de admitidos que se envía a cada centro.
Cuando una alumna o alumno se da de baja, ¿podemos sustituirlo por otra u otro?
Sí es posible, siguiendo las condiciones y cumpliendo los requisitos que se recogen en la convocatoria.
¿Cómo debemos proceder para realizar la renuncia de una alumna o alumno?
Hay que rellenar el anexo de “renuncia” y dirigirlo al Servicio de Educación. Posteriormente, al finalizar el curso, en junio, el centro educativo tendrá que realizar la devolución del dinero cobrado de las sesiones no realizadas.
¿Cuándo hay que presentar los informes y las facturas?
Junto con la justificación de la subvención, tal y como se recoge en la convocatoria, en el mes de junio.
Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.