Otros tributos y pagos por servicios municipales - Tasa por ocupación de la vía pública con mesas, veladores, etc.

El objeto de esta tasa es la ocupación de la vía pública o bienes de uso público, con la instalación de terrazas y otros elementos, con o sin cerramiento.

Se abonará la tasa cuando ha habido una concesión de la licencia municipal que permita la ocupación o desde que se realice, si se hiciera sin licencia.

Las cuotas se exigirán según los periodos de ocupación autorizados, según el tipo de aprovechamiento: veladores (1 mesa y cuatro sillas), terrazas y veladores con cerramiento, por cada mesa, y otros elementos. Además, se tendrá en cuenta la categoría de la calle donde esté instalada.

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