Impuestos municipales – Fraccionamiento y aplazamiento de deuda
Fraccionamiento
El fraccionamiento es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite dividir en cuotas mensuales el pago de tributos. Se concederá por un plazo máximo de 60 meses, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo:
- Se realizará por medio de cuotas mensuales constantes, se calculan en función del importe de la deuda y del número de plazos en que se pueda fraccionar, pero en ningún caso, la cuota mensual a pagar puede ser inferior a 30 euros.
- El pago para los fraccionamientos domiciliados se hará efectivo el día 30 de cada mes, si es día hábil, o, en su caso, el último día hábil anterior a ese día.
Las cuotas de los fraccionamientos domiciliados se cargarán en la cuenta bancaria que se hubiera indicado, el día 30 de cada mes, si es día hábil, o, en su caso, el último día hábil anterior a ese día.
Aplazamiento
El aplazamiento: es un acuerdo de pago con el Ayuntamiento, que permite aplazar, en un solo plazo, el pago total de la deuda. Se concederá por un plazo máximo de 12 meses, según los siguientes criterios, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo:
- Deudas entre 350 euros y 3.000,00 euros podrán aplazarse un máximo de 6 meses.
- Deudas entre 3.000,01 euros a 6.000 euros podrán aplazarse un máximo de 9 meses.
- Deudas entre 6000,01 euros y 10.000 euros podrán aplazarse un máximo de 12 meses.
El acuerdo de fraccionamiento y aplazamiento genera intereses de demora, desde el final del período voluntario y por el tiempo que dure el fraccionamiento o aplazamiento.
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