Aviso: Contenido pendiente de revisión y actualización
Es importante intentar solucionar amistosamente el problema, o acudir a los servicios de atención al cliente de las empresas suministradoras de bienes o servicios.
Se recomienda que la persona consumidora tenga constancia documental de todas las comunicaciones existentes con las empresas, a través de instrumentos que dejen constancia de su envío, como el burofax, telegrama, correo certificado con acuse de recibo...
Se pueden presentar las reclamaciones de la forma siguiente:
La OMIC podrá recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Una vez recibida la reclamación en la OMIC, se registra la reclamación y se remite al establecimiento reclamado junto con la documentación presentada, concediéndose un plazo de alegaciones a los efectos de que alegue lo que estime oportuno, y solicitando a la empresa que proponga una solución al problema planteado.
Si la empresa se manifiesta favorable a las pretensiones de la persona consumidora, se notifica y se procede al archivo del expediente.
Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.