Admisión en Escuelas Infantiles públicas

En esta página encontrarás información sobre cómo realizar la inscripción en las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz, ya sea en Escuelas Infantiles Municipales o en escuelas del Consorcio Haurreskolak.

Folleto 2025-2026 archivo pdf

Citas: si necesitas ayuda, puedes solicitar cita telefónica con el Servicio de Educación, llamando al 010 o 945 16 11 00).

Quién puede solicitar plaza

Para empezar en la escuela, las critaturas deberán tener al menos las 16 semanas cumplidas.

No podrá incribirse alumnado menor de 1 año cuyas madres, padres, tutoras o tutores legales estén disfrutando del período de descanso laboral correspondiente por nacimiento y cuidado de menor y, a fecha de inicio de la escolarización, les queden por disfrutar más de 5 semanas.

Plazo para incorporarse en septiembre

Ha finalizado ya el plazo de solicitud.

Publicación de listas provisionales

18 de junio de 2025.

  • En las listas provisionales se detallará: la escuela en la que la niña o niño está admitido y, en su caso, su situación en la lista de espera, las solicitudes no admitidas a trámite y la lista provisional de baremación.
  • Se podrán consultar en esta misma página, en las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz, en el teléfono 010 si se dispone de BakQ, en las máquinas de autotramitación de los Centros Cívicos y en las OACs.

Consultar listas

Citas: si necesitas ayuda, puedes solicitar cita telefónica con el Servicio de Educación, llamando al 010 (o 945 16 11 00).

Plazo de reclamaciones

Del 18 al 20 de junio de 2025

En este plazo, no se admitirá ninguna documentación que no hubiera sido presentada en el plazo de inscripción. Solo se estudiarán aquellas reclamaciones que pongan de manifiesto algún error en el proceso de baremación.

Listas definitivas

4 de julio de 2025

  • Se podrán consultar en esta misma página, en las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz, en el teléfono 010 si se dispone de BakQ, en las máquinas de autotramitación de los centros cívicos y en las OACs.
  • Se recomienda revisar las listas definitivas por si hubiera variaciones tras el plazo de reclamaciones.

Consultar listas

Documentación obligatoria

A presentar un único documento en función de vuestras circunstancias:

  • Copia de la inscripción de la alumna o el alumno en el Registro Civil, libro de familia o similar.
  • En el caso de la persona o personas tutoras legales , copia de la sentencia o certificado oficial correspondiente.
  • En caso de acogimiento familiar de la alumna o alumno, certificado oficial acreditativo de dicha situación.
  • En el caso de alumnado en proceso de adopción, certificado acreditativo de dicha situación.

Documentación justificativa sobre el disfrute del descanso laboral correspondiente por nacimiento y cuidado de menor. Solo las familias de alumnado que, a fecha de inicio en la escuela, sea menor de 1 año:

Se deberán justificar las 16 semanas de descanso de cada persona progenitora o tutora legal, o, en el caso de las familias monoparentales, las 26 semanas de la persona única.

Para ello, podéis presentar:

  • Resolución de la Seguridad Social sobre la prestación por nacimiento y cuidado de menor, en el que aparezcan todas las semanas en las que se ha disfrutado el descanso laboral.
  • En caso de que en la resolución de la Seguridad Social no aparezcan todas las semanas dedisfrute del descanso laboral, se deberá aportar además el certificado de empresa donde aparezcan el resto de semanas.
  • En caso de no tener derecho al disfrute del descanso laboral correspondiente por nacimiento y cuidado de menor: Vida Laboral actualizada (tres meses como máximo desde su fecha de expedición).

Documentación voluntaria - Baremo

A cada solicitud se le asignan una serie de puntos, en función de un baremo. Para obtener los puntos del baremo, debes entregar la documentación que se indica a continuación.

A) Hermanas y hermanos en la escuela

Puntuación máxima de este apartado: 9 puntos.

Cuando uno o más hermanas o hermanos están matriculados en la escuela solicitada en el curso 2024-2025 y renuevan para el curso 2025-2026: 9 puntos.

El Servicio de Educación comprobará de oficio la existencia de hermanas y/o hermanos matriculados en la escuela solicitada.

B) Domicilio o Centro de Trabajo

Puntuación máxima de este apartado: 7 puntos.

Se asignan puntos por domicilio o por centro de trabajo:

  • Cuando una o ambas personas progenitoras o tutoras legales trabajan en la escuela solicitada: 7 puntos.
  • Cuando la alumna o alumno esté empadronado en Vitoria-Gasteiz y su domicilio coincida con el domicilio de, al menos, una de las personas progenitoras o tutoras legales: 5 puntos.
  • Cuando la alumna o alumno esté empadronado en un municipio que no dispone de escuela infantil pública y el municipio más cercano que tiene escuela infantil pública es Vitoria-Gasteiz: 5 puntos.
  • Cuando la alumna o alumno no esté empadronado en Vitoria-Gasteiz, pero el lugar de trabajo de una o de las dos personas progenitoras o tutoras legales sea en el municipio de Vitoria-Gasteiz: 3 puntos.

Documentación justificativa

- El Servicio de Educación comprobará de oficio si la madre, padre, tutora o tutor legal trabaja en la escuela solicitada.

  • El Servicio de Educación comprobará de oficio los datos de empadronamiento, en Vitoria-Gasteiz, de la niña o niño y de la unidad familiar.
  • En el caso de alumnado empadronado en un municipio que no disponga de escuela infantil pública, y cuyo municipio más cercano con escuela infantil pública sea Vitoria-Gasteiz, volante de padrón actualizado. Debe haber sido expedido como máximo 3 meses antes de su presentación.
  • Si la niña o el niño no está empadronado en Vitoria-Gasteiz, pero vuestro puesto de trabajo sí está en Vitoria-Gasteiz, debéis presentar certificado de la empresa en donde conste el domicilio de vuestro puesto de trabajo. En el caso de que trabajéis por cuenta propia, debéis presentar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

C) Situación laboral

Puntuación máxima de este apartado: 5 puntos.

  • Familias biparentales: cuando las dos personas progenitoras o tutoras legales trabajen ambas en el mercado laboral: 5 puntos.
  • Familias monoparentales: cuando la madre, padre, tutora o tutor legal trabaje en el mercado laboral: 5 puntos.
  • Familias biparentales: cuando una de las personas progenitoras o tutoras legales trabaje en el mercado laboral y la otra esté en situación de búsqueda activa de empleo o cursando estudios oficiales: 2 puntos.
  • Familias biparentales: cuando las dos personas progenitoras o tutoras legales estén ambas en situación de búsqueda activa de empleo o cursando estudios oficiales : 2 puntos.
  • Familias monoparentales: cuando la madre, padre, tutora o tutor legal esté en situación de búsqueda activa de empleo o cursando estudios oficiales: 2 puntos.

La situación de incapacidad permanente absoluta se equiparará a la situzaión laboral activa.

En el caso de que no existan datos o presenten inexactitudes, este apartado se baremará con cero puntos

Documentación justificativa

Para justificar la situación laboral activa:

  • Si las personas progenitoras o tutoras legales cotizan en la Seguridad Social: certificado de la vida laboral actualizado (*).
  • Si las personas progenitoras o tutoras legales no están dadas de alta en la Seguridad Social: certificado de alta en otro régimen o mutua, actualizado (*).

Para justificar la situación de búsqueda activa de empleo:

  • Se deberá presentar el certificado DARDE de Lanbide actualizado (*) y el Servicio Municipal de Educación consultará de oficio en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo los datos relativos a la búsqueda activa de empleo, si no existe una desautorización expresa. Será Lanbide quien, según sus criterios, confirmará la situación de búsqueda activa de empleo.

Para justificar estudios oficiales:

  • Se deberá presentar el justificante de la matrícula.

Se equipararán a la situación laboral activa las siguientes circunstancias:

  • Estar en situación de Incapacidad Transitoria.
  • Estar en situación de excedencia laboral por cuidado de hijas e hijos menores, siempre y cuando la fecha de incorporación al puesto de trabajo no sea superior a un mes desde laincorporación de la niña o niño a la escuela. Será imprescindible acreditar la fecha dereincorporación al puesto de trabajo a través de un certificado de la empresa, junto con elcertificado actualizado (*) de la vida laboral que tenga la trayectoria abierta.
  • La situación especial de suspensión transitoria, que tendrá la misma consideración que la situación de excedencia, se acreditará mediante certificado actualizado (*) del GobiernoVasco.
  • La situación de incapacidad permanente absoluta definitiva que se justificará con lacorrespondiente resolución de la Seguridad Social.

(*) Actualizado: expedido como máximo 3 meses antes de su presentación.

D) Renta anual de la unidad familiar del 2023

Puntuación máxima de este apartado: 4 puntos.

Bases Imponibles Generales + Bases Imponibles del Ahorro:

  • Igual o inferior a 15.120,00 €: 2 puntos.
  • Igual o inferior a 45.360,00 €: 1,5 puntos.
  • Igual o inferiore a 75.600,00 €: 1 punto.

Conceptos no acumulables.

Además, en los supuestos anteriores se sumarán 0,25 puntos por cada hija o hijo menor de edad distinto de la niña o niño solicitante.

Documentación justificativa

  • Declaración de la Renta del 2023 de todas las personas de la unidad familiar que tengáis obligación de presentarla.
    • Si la habéis presentado en Álava y nos autorizáis, el Servicio de Educación la comprobará de oficio.
    • Si no habéis tributado en Álava o no nos autorizáis a comprobarla de oficio, debéis adjuntar la fotocopia de la Declaración de la Renta del 2023 a la solicitud de inscripción.
  • En el caso de que no hayáis realizado Declaración de la Renta del 2023, Justificante de ingresos del año 2023.

En el caso de que no existan datos o presenten inexactitudes, este apartado se baremará con cero puntos.

E) Familia numerosa o monoparental:

Puntuación máxima de este apartado: 1,5 puntos.

  • Por pertenecer a una familia numerosa de categoría especial: 1,5 puntos.
  • Por pertenecer a una familia numerosa de categoría general: 1 punto.
  • Por pertenecer a una familia monoparental con 2 o más hijas o hijos: 1,5 puntos.
  • Por pertenecer a una familia monoparental con una hija o hijo: 1 punto.

Documentación justificativa

  • La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del título ocarné actualizado de familia numerosa.
  • La condición de familia monoparental se acreditará mediante:
    • Copia de la inscripción de la alumna o alumno en el Registro Civil, libro de familia, o similar en la que aparezca una única persona progenitora.
    • Copia de la resolución judicial firme, auto de medidas provisionales o convenio regulador, ratificado ante el Juzgado que acredite la patria potestad única.

F) Diversidad Funcional

Puntuación máxima de este apartado: 3 puntos.

Por discapacidad igual o superior al 33%

  • De la alumna o alumno solicitante: 3 puntos.
  • De una o ambas personas progenitoras o tutoras legales, así como de hermanas o hermanos: 2 puntos.

Documentación justificativa

Debéis presentar el certificado emitido por el Organismo competente del grado de discapacidad de la alumna o alumno solicitante y, en su caso, de las personas de la unidad familiar.

G) Víctima de violencia de género

Puntuación máxima de este apartado: 2 puntos.

Si la alumna o alumno, o su madre o tutora legal tiene la condición de víctima de violencia de género: 2 puntos.

Documentación justificativa

Se acreditará a través de alguna de las formas contempladas en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Ver Ley(Se abre en una ventana nueva).

H) Víctima de terrorismo

Puntuación máxima de este apartado: 1 punto.

Si la alumna o alumno, o la madre, padre o tutora o tutor legal tiene la condición de víctima de terrorismo: 1 punto.

Documentación justificativa

Resolución de la Dirección de Derechos Humanos, Víctimas y Diversidad del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, u organismo competente de la Administración del Estado o de otra Comunidad Autónoma.

I) Acogimiento familiar

Puntuación máxima de este apartado: 1 punto

Si la alumna o alumno solicitante reside con una familia de acogida: 1 punto.

Documentación justificativa

Certificado del Departamento competente en políticas sociales de la Diputación Foral correspondiente.

Criterios de desempate

En caso de empate, se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en los criterios anteriores, comparándolos uno a uno y en el orden que se indica a continuación.

  1. Mayor puntuación en el apartado a) “Hermanas o hermanos escolarizados en la escuela solicitada”.
  2. Mayor puntuación obtenida en el apartado b) “Domicilio o centro de trabajo”.
  3. Mayor puntuación en el apartado f) “Diversidad funcional”.
  4. Mayor puntuación en el apartado e) “Familia numerosa o familia monoparental”.
  5. Mayor puntuación en el apartado d) “Renta anual de la unidad familiar”.

En caso de persistir el empate, se dirimirá por orden alfabético a partir de la letra que, de forma aleatoria, determina anualmente el Gobierno Vasco, siendo esta para el curso 2025-2026 la letra "R".

Tras el procedimiento de baremación, ordenaremos las solicitudes, según la puntuación obtenida, y os adjudicaremos plaza en la primera escuela de las solicitadas en la que haya plaza vacante.

Admisión a lo largo del curso escolar

A lo largo del curso, entre septiembre y abril, es posible inscribirse en plazas libres (consulta las plazas libres actuales).

Para ello, se seguirá el siguiente procedimiento:

Entrega de solicitudes y documentación

Del día 1 al 10 de cada mes (ambos incluidos). Las solicitudes presentadas después del día 10 se tramitarán junto a las presentadas entre los días 1 y 10 del mes siguiente.

Último trimestre:

  • Con carácter general, tanto en las Escuelas Infantiles Municipales como en las Escuelas Infantiles del Consorcio Haurreskolak no podrá incorporarse nuevo alumnado en los meses de junio y julio.

Listas definitivas

A partir del día 21 de cada mes: se publicará la lista del alumnado admitido y del alumnado en lista de espera, la lista de baremación y la lista de solicitudes no admitidas a trámite. Se podrán consultar en esta misma página, en las Escuelas Infantiles públicas de Vitoria-Gasteiz, en el teléfono 010 si se dispone de BakQ y en las máquinas de autotramitación de los Centros Cívicos .

Incorporación a la escuela: el primer día lectivo del mes siguiente al de la adjudicación de la plaza.

Ejemplo: Si deseas comenzar en la escuela el mes de diciembre, debes entregar la solicitud entre el día 1 y el día 10 de noviembre.

Instrucciones para hacer la inscripción online

  • Aunque se puede iniciar el proceso sin utilizar un certificado digital, para finalizar la inscripción tienes que conectarte con un certificado y firmarla. La Tarjeta Municipal Ciudadana no es un certificado digital: sirve para iniciar la inscripción, pero no para poder finalizarla.
  • Una vez finalizada y firmada la inscripción, no podrás realizar cambios en ella. Cualquier modificación (por ejemplo, adjuntar más documentos o corregir un dato) deberás hacerla mediante instancia general on-line o de manera presencial (en una OAC), indicando la modificación que deseas hacer y el nombre de tu hija o hijo.
  • Cerrar la ventana o la aplicación no significa dar por finalizada la inscripción: podrás reanudarla.
  • Es importante que tengas preparados en formato pdf los documentos que vas a incorporar a la inscripción, tanto los obligatorio como los que aportes de forma voluntaria.

Precio

  • Las Escuelas Infantiles Municipales son gratuitas, con excepción del servicio de comedor (en el horario de 08:00 a 16:00 horas), cuyo precio es 35,30 € al mes.
  • Las escuelas del Consorcio Haurreskolak son gratuitas. Las familias deben llevar la comida desde casa, o las familias pueden contratar conjuntamente un servicio de catering.

Normativa

Observaciones

Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.