Tasa por mesas, puestos, barras o cualquier tipo de instalación para actividades diversas en terrenos de uso público - Emisión y pago de la liquidación

La persona física, jurídica o entidad tiene que presentar una solicitud de licencia de utilización del recinto u ocupación pública, así como solicitud de bonificación o exención, en su caso, debidamente documentada (estatutos, declaración de utilidad pública,...).

Una vez concedida la licencia por el Departamento gestor, el Servicio de Gestión Tributaria elabora y emite la liquidación para su abono, según las tarifas recogidas en la Ordenanza 7.1, epígrafe 7, "Tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones, situados en terrenos de uso público".

Los y las contribuyentes deberán abonar la liquidación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de notificación del recibo.

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