Los órganos de representación del personal en el Ayuntamiento son dos: el Comité de Empresa, para aquellas personas trabajadoras sujetas a derecho laboral, y la Junta de Personal, para el persona funcionario o estatutario. Evidentemente, el personal del Ayuntamiento tiene derecho a sindicarse libremente, en defensa y promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales que le son propios, y cada cuatro años se celebran elecciones sindicales.
Tras los resultados de las elecciones sindicales a la Junta de personal, celebradas el 29 de noviembre de 2022 y las del Comité de empresa del 20 de abril de 2023, la composición de los órganos de representación de la plantilla municipal han quedado distribuida de la siguiente manera:
En base a las elecciones mencionadas, y siguiendo lo establecido legalmente, se establece un cómputo de horas retribuidas para cada persona electa, de cara a que pueda ejercer la representación sindical. En el Ayuntamiento de Vitoria se utiliza los siguientes criterios:
*Esta cantidad resulta de la suma de las cantidades de las columnas 1 a 6 +2226 horas según artículo 147 Udalhitz y artículo 141 ARAVIG.
El Acuerdo Regulador de las Condiciones de Empleo para el personal del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, establece en el artículo 146 del capítulo XIX sección segunda del Reglamento de Personal, la regulación de la subvención a representación sindical. Esta dotación cuenta con un componente fijo (idéntico para todos los Sindicatos, 419,05 euros) y un componente variable, en función del número de miembros de la sección.
* La justificación de la misma, se realiza con anterioridad al abono de la siguiente y siendo auditada por la Intervención General del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
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