Ensanche 21 - Estructura de la sociedad

Órganos de dirección y administración

La dirección y administración de la Sociedad está a cargo de los siguientes órganos:

  • La Junta General.
  • El Consejo de Administración.
  • La Presidencia y la Vicepresidencia.
  • La Gerencia.
  • La Mesa de Contratación.

Junta General

La Junta General coincidirá con el Ayuntamiento Pleno y se acomoda en cuanto al procedimiento y a la adopción de acuerdos a los preceptos de la legislación reguladora del régimen local, tanto para la celebración de reuniones ordinarias, como de las extraordinarias. Las sesiones ordinarias serán anuales, celebrándose en el primer semestre de cada año natural. El Presidente convocará sesiones extraordinarias por propia iniciativa o a solicitud de un tercio de los vocales.

Funciones de la Junta General

El Ayuntamiento Pleno en funciones de Junta General tendrá las siguientes facultades:

  • Nombrar y separar a los miembros del Consejo de Administración.
  • Modificar los Estatutos y decidir sobre la disolución o liquidación de la Sociedad, o sobre su transformación, fusión, escisión o participación en otras.
  • Aumentar o disminuir el capital, emitir deuda u obligaciones y constituir, aceptar o cancelar deudas en forma de préstamos, hipotecas u otros gravámenes.
  • Aprobar el inventario, la aprobación de las cuentas anuales y la aplicación del resultado.
  • Censurar la gestión social y asumir las demás facultades que la Ley de Sociedades Anónimas le atribuya.

Pueden consultarse los órdenes del día y acuerdos adoptados por la Junta General.

Consejo de Administración

La gestión, administración y representación de la Sociedad corresponde al Consejo de Administración, que estará compuesto por nueve consejeros como mínimo y doce como máximo. La determinación de su número y su designación corresponde a la Junta General.

La duración del cargo de Consejero será de cuatro años, sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente.

Los Consejeros podrán aceptar o renunciar al cargo mediante escrito notificado fehacientemente a la Sociedad o por manifestación expresa durante la celebración de la Junta General o de una sesión del Consejo de Administración.

Miembros de los Consejos de Administración de las Sociedades Públicas Anónimas municipales (pdf)

Funciones del Consejo de Administración

  • Regular su propio funcionamiento en lo que no esté previsto en los Estatutos o en la Ley de Sociedades de Capital.
  • Aceptar la dimisión de los Consejeros.
  • El conocimiento previo, establecimiento de directrices, seguimiento y aprobación en su caso, de todos los asuntos que hayan de someterse a la Junta General y en particular, los siguientes:
    • Programa Anual de actuación de la Sociedad, memoria de actividades e informe de cada ejercicio
    • El proyecto de Presupuesto de la Sociedad de cada ejercicio, la formulación de cuentas anuales y la propuesta de aplicación de resultados.
    • Las propuestas de modificación de Estatutos.
  • Acordar el ejercicio de acciones en el ámbito de su competencia, ratificar las realizadas por otros órganos en caso de urgencia, resolver las reclamaciones contra sus acuerdos y conocer las quejas o reclamaciones presentadas contra el funcionamiento o las decisiones de la Sociedad, acordando lo que proceda.
  • Realizar la gestión del Patrimonio Municipal del Suelo, así como la administración del mismo y la de los demás bienes de la Sociedad, dentro del ámbito competencial asignado a la Sociedad.
  • Enajenar, transmitir y gravar los bienes inmuebles de que sea titular la sociedad.
  • Autorizar gastos de cuantía superior a 18.000 euros (dieciocho mil euros).
  • Aprobar los convenios que, en materia urbanística, de rehabilitación, regeneración o renovación urbana, se firmen con los organismos públicos, entidades privadas y particulares, cuando no fueran competencia de la Junta General.
  • Aprobar el organigrama, la plantilla, funciones y condiciones de empleo de la Sociedad.
  • Designar a los miembros de la Mesa de Contratación de la Sociedad, así como las normas de su funcionamiento.
  • Nombrar y cesar al Gerente.
  • Las demás funciones que la Junta General le delegue o atribuya.

Pueden consultarse los órdenes del día y acuerdos adoptados por el Consejo de Administración.

Presidencia y vicepresidencia

El Consejo de Administración elegirá y nombrará a su Presidente entre los miembros que componen el mismo, y de igual modo, a un Vicepresidente que sustituirá al Presidente en caso de ausencia, vacante o enfermedad de éste.

En la legislatura 2019-2023 la Presidenta es Ana Oregi Bastarrika.

Facultades de la Presidencia

  • Convocar el Consejo de Administración.
  • Fijar el orden de los asuntos que han de tratarse en cada reunión.
  • Presidir y dirigir las deliberaciones y votaciones. En caso de empate, la propuesta volverá a ser votada en el próximo Consejo de Administración. De proseguir el empate en esta segunda votación, la propuesta se entenderá rechazada.
  • Proponer al Consejo las líneas de actuación y directrices de la Sociedad.
  • Rubricar los convenios y contratos aprobados por el Consejo y aprobar y firmar todo tipo de contratos y gastos de cuantía no superior a 18.000 euros (dieciocho mil euros), salvo los que sean competencia del Consejo o la Junta General. No obstante, el Presidente del Consejo, en situaciones de urgencia o grave necesidad podrá acordar la realización de gastos por un importe superior al citado, dando cuenta al Consejo en la próxima reunión del mismo del importe y motivos que justifiquen dicha actuación.
  • El Presidente podrá delegar en el Gerente la aprobación y formalización de contratos y gastos dentro de las cuantías que sean de su competencia.
  • Actuar en nombre del Consejo, ostentando su representación en toda clase de pleitos y procedimientos, en los recursos judiciales y administrativos, y otorgar los poderes necesarios para estos fines.
  • Proponer al Consejo el organigrama, la plantilla, funciones, condiciones de empleo y el convenio colectivo de la sociedad, así como sus presupuestos, balances, inventarios, programas de actuación y memorias de actividades.

Gerencia

El Gerente será nombrado por el Consejo de Administración a propuesta del Presidente. El Gerente podrá ser objeto de reprobación por dicho Consejo de Administración mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros. En este caso, el Presidente deberá presentar una nueva propuesta de Gerente.

El puesto de Gerente, será desempeñado en régimen de dedicación plena y exclusiva, salvo acuerdo en otro sentido del Consejo, es de carácter profesional y retribuido.

Actualmente la Gerencia recae en Jorge Ozcáriz Salazar.

Funciones de la Gerencia

  • Asistir al Consejo y a su Presidente en el ejercicio de sus facultades respectivas, informarles y asesorarles acerca de los asuntos que traten y ejecutar sus acuerdos y resoluciones.
  • Proponer al Presidente del Consejo el organigrama, la plantilla, funciones, condiciones de empleo y el convenio colectivo de la Sociedad, así como sus presupuestos, balances, inventarios, programas de actuación y memorias de actividades.
  • Dirigir y supervisar la actividad de la sociedad, impulsando la misma, ostentar la jefatura directa e inmediata del personal al servicio de la Sociedad, distribuir y controlar el trabajo y en general, adoptar las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de la sociedad.
  • Suscribir los documentos de la sociedad necesarios para la ejecución de acuerdos y resoluciones y conformar las certificaciones, liquidaciones y recepciones de obras, servicios y suministros contratados, así como los gastos derivados de su funcionamiento siempre que no superen las cuantías establecidas en el punto anterior, sin perjuicio de las aprobaciones que correspondan al Consejo, a su Presidente, o a la Junta General.
  • Representar a la Sociedad por delegación expresa del Presidente, ante terceros y en particular, ante toda clase de autoridades, organismos públicos o entidades privadas y particulares, juzgados y tribunales de cualquier jurisdicción, especialmente la solicitud y obtención de certificados de firma electrónica emitidos por IZENPE y la FNMT-RCM y su uso en todas las relaciones telemáticas que la Sociedad mantenga..
  • Hacer, practicar y contestar notificaciones y requerimientos de todo tipo, incluso notariales y requerir la intervención notarial para la autorización de actos de cualquier naturaleza. Abrir, seguir, modificar y extinguir cuentas corrientes; constituir, modificar y cancelar depósitos de dinero con cualquier entidad de crédito. Efectuar pagos de deudas en efectivo o extendiendo y firmando talones, cheques, resguardos, recibos, giros, transferencias, cargos en cuenta y demás documentos bancarios. Cobrar cualquier cantidad, incluso libramientos de Organismos Públicos. Cobrar créditos y sus intereses, sea cual fuere la cuantía y la persona obligada al pago y practicar las liquidaciones de intereses.
  • Segregar, dividir, agregar y agrupar fincas; hacer declaraciones de obra nueva u obra derruida; rectificar datos descriptivos; obtener la inscripción de excesos de cabida; tramitar hasta su terminación actas de notoriedad, expedientes de dominio y expedientes de liberación de cargas y gravámenes; realizar todas las actuaciones pertinentes derivadas de la legislación del suelo; intervenir en cualesquiera planes de urbanización, en todo cuanto antecede, efecto o consecuencia de los referidos planes o de la vigente legislación del suelo.
  • Constituir, reconocer, prorrogar, modificar, posponer, renunciar, transmitir y extinguir derechos de usufructo, uso, habitación, enfiteusis, censos servidumbres personales o reales, hipoteca, prenda, anticresis, superficie, sobreedificación, subedificación, tanteo, retracto, opción, arrendamientos incluso inscribibles y toda clase de derechos personales o reales sobre bienes muebles e inmuebles.
  • Constituir, reconocer, prorrogar, modificar y extinguir total o parcialmente condominios y comunidades cualesquiera sobre bienes, incluso de propiedad horizontal, aprobar y modificar estatutos, reglamentos u ordenanzas de comunidad de cualquier especie.
  • En general, asumir cuantas funciones le encomienden expresamente el Consejo o su Presidente.
  • El Gerente podrá delegar en los empleados de la Sociedad la elevación a público de las facultades reconocidas en los apartados “h” e “i” anteriores.

Mesa de contratación

En la Sociedad existirá una Mesa de Contratación cuya composición y funcionamiento serán aprobados por el Consejo de Administración. La Mesa de Contratación actuará siempre respetando los principios y normativas públicas que en cada caso le sean aplicables.

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