Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) - Información importe a pagar
Actualización: 31/01/2025
La cuota de pago del Impuesto sobre actividades Económicas (IAE) es el resultado de aplicar las tarifas del impuesto, los coeficientes, el índice y las bonificaciones previstos por la Norma Foral.
Son acordados anualmente por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y regulados en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas
Actividades gravadas: El contenido de las actividades gravadas está definido en las tarifas del IAE.
Cuota tributaria= cuota de tarifa X coeficiente de incremento general X coeficiente de situación X coeficiente de ponderación - bonificaciones.
Cuota de epígrafe + cuota de superficie = cuota de tarifa
Coeficiente de incremento general : 2,10
Coeficiente de situación: es una escala de índices que pondera la situación física del establecimiento según la categoría de la calle en la que se ubica, dentro del término municipal de Vitoria-Gasteiz. Los índices se recogen en el artículo 10 de la Ordenanza fiscal y las calles se encuentran clasificadas en el anexo de la misma.
Coeficiente de ponderación: este coeficiente viene determinado en función del volumen de operaciones del sujeto pasivo, de acuerdo al artículo 8 de la Ordenanza municipal.
Bonificaciones: Los sujetos pasivos que puedan acogerse a las bonificaciones y exenciones aplicables a este impuesto, deberán tenerlas en cuenta a la hora de calcular su cuota tributaria.
El pago del IAE es anual y el periodo impositivo coincide con el año natural, que se devenga el 1 de enero.
Sólo existen dos casos posibles para el cálculo proporcional de la cuota del impuesto:
- Alta: el impuesto se devenga desde la fecha de inicio de la actividad hasta el final del año natural.
- Declaraciones de baja: el período impositivo comprende desde el 1 de enero hasta la fecha de presentación de la declaración de baja. La cuota se calcula en función del número de meses existentes desde el 1 de enero hasta la fecha de baja, salvo que desde la fecha de inicio de la actividad hasta la fecha de baja hayan transcurrido menos de doce meses.
Más información:
Por correo electrónico: : hacienda@vitoria-gasteiz.org (Servicio de Gestión Tributaria).
Si la información de la página no responde a sus necesidades informativas, solicítela a través del Buzón Ciudadano.