Elección de la forma jurídica - La sociedad limitada nueva empresa

Es una especialidad de la sociedad mercantil de responsabilidad limitada. Características que la diferencian de la sociedad limitada:

  • El número de socios/as en el momento de la constitución no podrá ser superior a 5, debiendo ser todos los/as socios/as personas físicas.
  • El capital social deberá situarse entre un mínimo de 3.012 € y un máximo de 120.202 €
  • Objeto social genérico: permite una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales.
  • Tramitación telemática de los requisitos de constitución.
  • Régimen simplificado de contabilidad.

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