Elección de la forma jurídica - La sociedad limitada
Es una sociedad mercantil con un capital determinado, dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones; los/as socios/as no responden personalmente de las deudas sociales.
Características:
- Es una sociedad capitalista que funciona con un patrimonio propio integrado por las aportaciones de los socios, en la que el capital que posee "personalidad jurídica" se erige en pieza clave. Es una sociedad por participaciones.
- Es una sociedad de responsabilidad limitada en la que el/la socio/a responde exclusivamente por sus aportaciones al patrimonio social.
- Es una sociedad mercantil (en todo caso), por su forma, que se rige por los preceptos de la propia ley de Sociedades de Capital. El capital social no podrá ser inferior a 3.000 €. No obstante, podrán constituirse sociedades de responsabilidad limitada con una cifra de capital social inferior al mínimo legal en los términos previstos para las sociedades en régimen de formación sucesiva.
- La tributación de los resultados de la actividad económica se realiza mediante el Impuesto de Sociedades.
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