Tasa por la recogida de basuras - Información importe a pagar
La cuota de esta tasa es de carácter anual y se determina según unas tarifas, en función del uso y de la superficie del inmueble.
El devengo de la tasa (fecha en la que es exigible) es el 1 de enero.
TARIFAS-CUOTAS: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Recogida y Eliminación de Basuras (Ordenanza nº 6.3)
Se aplicará un recargo de la tasa de basuras con la siguiente escala:
Nº PERSONAS EMPADRONADAS EN LA FECHA DE DEVENGO 1 DE ENERO | RECARGO |
---|---|
Hasta 3 personas | 0 % |
4 personas | 4 % |
5 personas | 6 % |
6 personas | 8 % |
7 personas | 10 % |
8 o más personas | 12 % |
Tramitar
Tramitación presencial
Tramitación telefónica
- Teléfono de atención ciudadana 010 (945 161 100 desde fuera de Vitoria-Gasteiz).
Tramitación por correo electrónico
- Correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org (Servicio de Gestión Tributaria).
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