Bonificaciones y exenciones en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía) - Transmisión por herencia

Se bonifica a los y las descendientes y ascendientes en primer grado, cónyuge o pareja de hecho, según los requisitos y tramos indicados a continuación:

Requisitos

Para las transmisiones por herencia (fallecimientos) que se produzcan a partir del 1 de abril del 2014:

  • Los ingresos deben estar comprendidos en los tramos fijados para cada porcentaje de bonificación.
  • El inmueble debe ser la vivienda habitual del beneficiario de la bonificación.
Tramos
Porcentaje bonificación Ingresos
95 % hasta 27.200,00 euro
75 % hasta 37.200,00 euros
50 % hasta 47.200,00 euros
10 % Resto de ingresos

Documentación

  • Instancia
  • Copia de la declaración de la renta.
  • Para los fallecimientos producidos en 2025 se debe aportar la declaración de la renta del ejercicio 2023.

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