Bonificaciones y exenciones en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (antes Plusvalía) - Transmisión por herencia
Se bonifica a los y las descendientes y ascendientes en primer grado, cónyuge o pareja de hecho, según los requisitos y tramos indicados a continuación:
Requisitos
Para las transmisiones por herencia (fallecimientos) que se produzcan a partir del 1 de abril del 2014:
- Los ingresos deben estar comprendidos en los tramos fijados para cada porcentaje de bonificación.
- El inmueble debe ser la vivienda habitual del beneficiario de la bonificación.
Porcentaje bonificación | Ingresos |
---|---|
95 % | hasta 27.200,00 euro |
75 % | hasta 37.200,00 euros |
50 % | hasta 47.200,00 euros |
10 % | Resto de ingresos |
Documentación
- Instancia
- Copia de la declaración de la renta.
- Para los fallecimientos producidos en 2025 se debe aportar la declaración de la renta del ejercicio 2023.
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