Se conoce como voluntario al período de pago establecido por el Ayuntamiento para cada uno de los impuestos y tasas. En este plazo se pueden modificar los domicilios de notificación y bancarios. Además, si se opta por domiciliar el pago, el Ayuntamiento efectúa el cargo el último día del plazo.
El periodo ejecutivo se inicia al día siguiente al vencimiento del pago del periodo establecido (voluntario) e implica la aparición de recargos:
Si se supera la etapa de recargo ejecutivo, se aplican diferentes recargos:
El Ayuntamiento informa porSMS, e-mail, teléfono fijo o carta postal a la ciudadanía sobre los recibos domiciliados que las entidades financieras han devuelto.
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