AMVISA - Información al cliente - Tarifas generales

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Tarifas por prestación del servicio municipal de aguas, tratamiento de residuales y alcantarillado, publicadas en el BOTHA de 1 de abril de 2022:

Tarifa primera: cuota de servicio

Esta tarifa se aplica por el derecho a utilizar el servicio de abastecimiento de agua y saneamiento de aguas residuales (alcantarillado, depuración), otorgado con la instalación de la acometida, y por cada inscripción en el registro de usuarios o abonados, independientemente de la cuota que corresponda por caudal consumido, trimestralmente:

Tarifa cuota de servicio
Contador Por servicio abastecimiento Por servicio depuradora Por servicio alcantarillado
Hasta 15 mm 5,62€ 6,48 € 3,52 €
20 mm 9,44 € 9,49 € 4,22 €
25 mm 13,66 € 13,66 € 6,03 €
30 mm 23,00 € 23,40 € 9,60 €
40 mm 38,30 € 38,90 € 18,10 €
50 mm 60,70 € 61,80 € 26,60 €
65 mm 79,90 € 82,00 € 38,30 €
80 mm 95,80 € 98,00 € 49,00 €
100 mm 136,30 € 138,40 € 61,80 €
125 mm 223,60 € 223,60 € 83,10 €
150 mm 777,30 € 793,60 € 298,10 €
200 mm 1.362,90 € 1.384,20 € 575,00 €

Contadores generales que miden consumos de agua fría en comunidades: la cuota trimestral a satisfacer será la suma de las cuotas de servicio que correspondan a cada uno de los distintos elementos de la finca.. Esta cuota viene determinada por el diámetro del contador que resulte adecuado reglamentariamente, según lo establecido para la instalación en el Código Técnico de la Edificación (CTE).

En el momento de formalizar el contrato de suministro, el o la solicitante deberá depositar una fianza del consumo, depuración del agua a consumir y alcantarillado. Esta fianza será equivalente a las cuotas de servicio, delimitadas por el calibre del contador, correspondiente a dos trimestres.

Tarifa segunda: cuota trimestral

Servicio de agua fría para consumo o uso doméstico

Tarifa agua fría uso doméstico
Consumo/uso Depuración Alcantarillado
Hasta 9 m³ 0,211 € 0,140 € 0,060 €
De 10 a 36 m³ 0,422 € 0,280 € 0,120 €
De 37 m³ en adelante 0,844 € 0,560 € 0,241 €

Bonificaciones: El consumo doméstico de la vivienda que constituya la residencia habitual de una familia numerosa legalmente reconocida será liquidado aplicando las tarifas correspondientes al segundo tramo de consumo, al realizado en el tercero. Para gozar de esta bonificación las personas interesadas deberán instar su concesión acreditando el cumplimiento de la condición exigida. La bonificación se aplicará en la fecha de facturación, siempre y cuando en ese momento se dé la condición exigida, y el titular del contrato sea a su vez titular del carnet de familia numerosa.

Servicio de agua caliente y/o servicios complementarios para consumo o uso doméstico

Tarifa agua fría y caliente uso doméstico
Consumo/uso Depuración Alcantarillado
Todo el consumo pagará el m3 a: 0,422 € 0,280 € 0,120 €

Servicio a centros dependientes de la Administración Central, Local e Institucional

Tarifa centros dependientes de la administración
Consumo/uso Depuración Alcantarillado
Todo el consumo pagará el m3 a: 0,874 € 0,560 € 0,251 €

Servicio a cualquier otra clase de bienes, propiedades, industrias, centros de servicios

Aplicable a los mencionados o para uno no tarifado anteriormente y todos aquellos que aún no teniendo conexión con la red de residuales, viertan sus aguas residuales concentradas a la EDAR.

Tarifa otros bienes, industrias...
Consumo/uso Depuración Alcantarillado
Todo el consumo pagará el m3 a: 0,874 € 0,560 € 0 ,251 €

Suministro de agua en alta a pueblos con contrato distinto del propio de servicio de agua fría para consumo o uso doméstico

Tarifa pueblos y otras entidades con suministro Amvisa en alta 100%
Importe
El m3 abastecido se pagará a: 0,422 €
El servicio de depuradora y tratamiento de depuración se cobrará el m3 de consumo de agua a: 0,280 €
El servicio de alcantarillado se cobrará el m3 de consumo de agua a: 0,120€
Tarifa pueblos y otras entidades con suministro Amvisa en alta y manantial propio
Importe
Abastecimiento de agua, se girará el m3 de agua suministrada por AMVISA según lectura de contador, a: 0,422 €
El servicio de depuración y tratamiento de depuración se cobrará el m3 en función de la aplicación de la fórmula, a: 0,280 €
El servicio de alcantarillado se cobrará el m3 en función de la aplicación de la fórmula, a: 0,120 €

AMVISA obtendrá el consumo medio anual de agua potable por habitante que se registra en las Juntas Administrativas de la Zona Rural del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que actualmente gestiona y que tienen un contrato de suministro de agua en baja. Este consumo medio de agua resultante se multiplicará por el número de habitantes de cada Junta Administrativa, según padrón municipal a 31 de diciembre de 2020, resultando un volumen de agua sobre el que se aplicarán las tarifas.

Si de la aplicación de la fórmula resultara un consumo menor al reflejado por las lecturas del contador, se aplicará éste último. AMVISA revisará cada dos años tanto los datos de padrón como los de consumo medio.

Tarifa pueblos sin suministro de Amvisa y manantial propio al 100%
Importe
El servicio de depuración y tratamiento de depuración se cobrará el m3 en función de la aplicación de la fórmula a: 0,280€
El servicio de alcantarillado se cobrará el m3 en función de la aplicación de la fórmula a: 0,120 €

AMVISA obtendrá el consumo medio anual de agua potable por habitante que se registra en las Juntas Administrativas de la Zona Rural del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que actualmente gestiona y que tienen un contrato de suministro de agua en baja. Este consumo medio de agua resultante se multiplicará por el número de habitantes de cada Junta Administrativa, según padrón municipal a 31 de diciembre de 2020, resultando un volumen de agua sobre el que se aplicarán las tarifas de alcantarillado y depuración.

AMVISA revisará cada dos años tanto los datos de padrón como los de consumo medio.

Suministro de agua al polígono industrial de Gojain y Parque tecnológico de Miñano

Tarifa polígonos Gojain y Miñano
Importe
El m3 abastecido se girará a: 0,874 €

Suministro de agua a los pueblos de la jurisdicción del Ayuntamiento de Zigoitia

El abastecimiento de agua se girará conforme a lo establecido en el Convenio suscrito entre los Ayuntamientos de Vitoria-Gasteiz y Zigoitia.

Industrias que no se abastezcan de suministro de agua de AMVISA

Abonarán por tratamiento de depuración el canon correspondiente de la Norma Reguladora de la tasa por el Vertido de Aguas Residuales no domésticas a la red del alcantarillado.

Vertidos domésticos de pueblos fuera del término municipal

Abonarán por tratamiento de depuración el canon correspondiente de la Norma Reguladora de la tasa por el Vertido de Aguas Residuales no domésticas a la red del alcantarillado.

Convenios especiales

Se liquidarán en base a lo establecido en los mismos.

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