Medidas ante la COVID-19 hasta el 1 de febrero
Actualización: 13/01/2021.
El Gobierno Vasco ha actualizado las restricciones para hacer frente a la COVID-19. Las medidas se han publicado en el Decreto 1/2021 de 12 de enero del Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), y estarán en vigor del 13 de enero al 1 de febrero.
A continuación se recogen algunas de las medidas:
Movilidad: territorio histórico
- Se establece el confinamiento del Territorio Histórico. No podrá salirse de Álava, salvo en los casos autorizados por la normativa.
- En localidades con incidencia superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes, se aplicará un confinamiento municipal, sin exceptuar el desplazamiento a municipio colindante.
Reuniones sociales: seis personas.
Sigue prohibido juntarse más de seis personas, tanto en lugares abiertos como cerrados.
Limitación nocturna de 22:00 a 06:00
Se mantiene limitada la movilidad nocturna de 22:00 a 06:00, salvo en las excepciones recogidas en la normativa.
Hostelería, hasta las 20:00 horas
- En las localidades de más de 5.000 habitantes con una tasa de incidencia inferior a 500 positivos por 100.000 habitantes, los locales de hostelería pueden abrir al público desde las 6:00 hasta las 20:00 horas.
- No podrán abrir los locales de hostelería, restauración y juegos y apuestas de las localidades con una tasa de incidencia superior a 500 positivos por 100.000 habitantes.
- La lista de municipios donde los bares no pueden abrir se divulgan los lunes y los jueves en la página del Departamento de Salud (https://www.euskadi.eus). En las localidades de menos de 5.000 habitantes, pueden abrir independientemente de la tasa de incidencia, pero el Departamento de Salud puede cerrar establecimientos cuando la situación epidemiológica lo requiera.
- La recogida con cita previa se puede realizar hasta las 21:00, y el reparto a domicilio hasta las 22:00.
- Queda prohibido el consumo en barra o de pie.
- El aforo permitido es del 50% en el interior y del 100% en las terrazas.
Reapertura de juegos y apuestas
- Se permite la reapertura del sector de juego y apuestas, en condiciones de aforo, horarios y medidas preventivas similares a las que se aplican al sector hostelero.
Tiendas, hasta las 21:00 horas; se reducen aforos
- Las tiendas y otros establecimientos comerciales deben cerrar antes de las 21:00 horas.
- Los aforos en establecimientos comerciales de más de 150m2 se reducen al 40%. En los que cuenten con una superficie de hasta 150m2, el aforo deberá ser del 60%.
Deporte: se reanuda parcialmente el deporte escolar
- En las localidades con Tasa de Incidencia inferior a 500/100.000 habitantes:
- Se permite la reanudación del deporte escolar, únicamente en entrenamientos que, en todo caso, deberán organizarse en grupos de seis personas como máximo sin variar su composición y sin usar los vestuarios.
- Se permiten los ensayos de grupos no profesionales de danza, asociándolos a las condiciones que rigen para la actividad teatral.
- Se permite la competición profesional o semi-profesional.
- Se permiten los entrenamientos de deporte federado en grupos de seis personas.
- Se permiten los cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos, piscinas y polideportivos, siempre que se realicen con mascarilla, en grupos máximos de seis personas y con un aforo máximo del 40%.
- Se permite el uso de vestuarios con una ocupación máxima del 30% y la utilización de duchas de modo individual.
- Se exceptua el uso de mascarilla sólo en momentos de competición o actividad física intensa; sigue siendo obligatoria para practicar deporte en recintos cerrados y en entornos urbanos y de gran concurrencia.
- Sigue prohibida la asistencia a eventos deportivos.
Actividades culturales
- Las actividades culturales deben finalizar antes de las 21:00 horas.
- Aforo en espacios cerrados: un máximo de 400 personas, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido.
- Aforo al aire libre: un máximo de 600 personas, siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido.
Decretos
La información completa sobre las limitaciones está recogida en varios decretos publicados en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV):
- Decreto 1/2021 del 12 de enero.
- Decreto 47/2020 del 22 de diciembre.
- Decreto 44/2020 del 10 de diciembre.
- Decreto 42/2020 del 1 de diciembre.
- Decreto 39/2020 del 20 de noviembre.
- Decreto 38/2020 de 6 de noviembre.
- Decreto 36/2020 del 26 de octubre
Más información y recursos en el espacio municipal sobre COVID-19.
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- Salud pública – Guías de interés para comercio y hostelería
- Cambios en las restricciones por COVID-19
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Página web: Nuevas medidas a partir del 23 de octubre para frenar la expansión de la covid-19
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Hola.
"""Actividad física al aire libre
Podrá realizarse de manera individual o colectiva sin contacto físico y en grupos que no superen las 6 personas."""
Según parece esta medida ha pasado a ser recomendación, sí es así no estaría demás corregirlo en la publicación.
"""Establecimientos y servicios de hostelería y restauración.
Se prohíbe el consumo en barra. Solo se podrá consumir sentado y en mesa."""
Según el documento que yo he leído, esta medida se refiere a Vizcaya y Guipuzcoa.
Muchas gracias.
Shingo
25/10/2020 09:06:36
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Perdón, el segundo comentario no corresponde, me he liado yo solo.
Shingo
25/10/2020 09:12:19
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Las directrices marcadas por las autoridades estatales y autonómicas están en constante actualización, de ahí que, en la información publicada en la web municipal, se incorporen los enlaces a los documentos oficiales, se recomienda su lectura; los contenidos resultantes son una mera referencia a lo más destacado.
Agradecemos su interés y participación en el Buzón Ciudadano.
The City Council 26/10/2020 15:01:59
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Yo tengo una huerta en el pueblo de Villafranca, que pertenece al ayuntamiento de Vitoria.
La pregunta es si puedo desplazarme hasta allí, para realizar labores propias de la huerta, sin incurrir en ninguna infracción del estado de alarma.
Un saludo.
Para un funcionamiento más eficaz del buzón ciudadano, este comentario se ha trasladado a Seguridad ciudadana - Policía Local.
Felix
28/10/2020 14:29:20
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Hola!
Me surge una duda a la hora de hacer la compra de supermercado.
Si vivo,por ejemplo,en Nanclares,puedo venir a Vitoria a hacer la compra a Mercadona?
La duda viene pq en Nanclares hay tiendas y super para comprar,pero me gusta más mercadona.
Podría,o no?
Gracias!
A.M.V.
11/01/2021 14:58:22
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En la web del Gobierno Vasco, Irekia, puede consultar las Medidas ante la COVID desde el 13 de enero. Entre las nuevas medidas de prevención, se establece la restricción de entrada y salida de personas del Territorio Histórico de residencia. Ambas localidades, Nanclares de la Oca/Langraiz y Vitoria-Gasteiz, pertenecen al Territorio Histórico de Álava.
The City Council 12/01/2021 10:07:16
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En la web municipal también puede consultar la información actualizada: Medidas ante la COVID-19 desde el 13 de enero
The City Council 12/01/2021 11:14:39
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Si vivo en un la zona de valdegovia que no tenemos supermercados a donde tengo que ir a hacer la compra? Puedo ir a miranda de ebro que lo tengo cerca? O tendría que desplazarme hasta vitoria?
J.Z.S.
12/01/2021 12:19:13
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El Gobierno Vasco ha actualizado el documento de Respuesta a preguntas frecuentes (pdf), en relación con las medidas específicas de prevención ante el coronavirus. En él se incluye un apartado dedicado a la movilidad.
The City Council 13/01/2021 15:40:44