Ordenanza Municipal contra el Ruido y las Vibraciones
Datos de tramitación
- Aprobación:
- 24/09/2010
- Entrada en vigor:
- 02/12/2010
- Publicación:
- BOTHA nº 137 de 01/12/2010
- BOTHA nº 6 de 16/01/2023 (modificación)
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Página web: Ordenanza Municipal contra el Ruido y las Vibraciones
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¿QUÉ MEDIDAS TOMA EL AYUNTAMIENTO PARA PALIAR LOS EFECTOS Y DAÑOS GENERADOS POR EL TRANSITO DEL TRANVIA A LOS VECINOS DE VITORIA?
ANR
08/06/2017 16:31:28
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Puede solicitar una medición de ruidos si considera que estos sobrepasan los límites establecidos en la ordenanza. Agradecemos su participación en el Buzón ciudadano.
The City Council 20/06/2017 12:55:48
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Hay algunos enlaces de la página que no llevan a ningún contenido. ¿Podrían actualizarlos? Gracias
LPE
28/03/2018 11:03:35
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Agradecemos su colaboración al darnos aviso de la incidencia. Mientras se soluciona, puede consultar la información a través de las preguntas frecuentes sobre calidad del aire y ruido ambiental, incluidas en esta misma página.
The City Council 28/03/2018 13:38:36
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En la ordenanza municipal de ruidos, en su artículo 31.- Sistemas sonoros en la Vía Pública, se establece: 1.- Con carácter general se prohibe el empleo de todo dispositivo sonoro con fines de propaganda, diversión, reclamo ó distracción.
¿Conoce la policía municipal de ustedes la ordenanza de ruidos? ¿Controlan ustedes si la aplican correctamente? ¿Están eximidos de cumplir dicha ordenanza aquellas personas que se autoproclamen animadores callejeros sacando altavoces a la calle?
Una pareja de policías municipales atendió ayer a la denuncia que quise poner contra una vivienda que pone ruido callejero regularmente, diariamente y siempre a la misma hora, desde un edificio frente a mi vivienda. Y me dijeron, sin corresponderse con el caso que yo quise denunciar, que una persona puede hacer "en su casa" lo que quiera mientras no rebase los decibelios permitidos. Considero que si el altavoz se pone en un balcón o una ventana, más si el altavoz está de cara a la calle, NO es PONER MUSICA EN SU CASA, sino en la calle. Aparte de que es imposible medir los decibelios que provocan si el personaje en cuestión apaga la música, e incluso esconde el altavoz, cuando llega la policía municipal.
Les agradezco me aclaren lo siguiente:
1º) ¿Han dado ustedes de forma indiscriminada autorizaciones para poner música callejera a vecinos desde su vivienda en Vitoria-Gasteiz?
2º) ¿Es correcta mi interpretación de que poner un altavoz de cara a la calle es poner "Sistemas sonoros en la Vía Pública"?
3º) ¿La policia municipal conoce y aplica correctamente la ordenanza municipal en este caso que le he relatado?
Para un funcionamiento más eficaz del buzón ciudadano, este comentario se ha trasladado a Seguridad ciudadana - Policía Local.
JP
11/05/2020 09:49:33
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Hoy he dormido 3 horas.
Según ORDENANZA MUNICIPAL CONTRA EL RUIDO Y LAS VIBRACIONES (BOTHA, n 137 de 01/12/2010), los ruidos fácilmente evitables, cómo la música que emite la discoteca que tengo debajo de mi casa, no pueden sobrepasar en horario nocturno los 22dB.
Son numerosas las veces que ha venido la policía municipal a medir casa, siempre con valores de 30dB o superiores. ¿Cuántas noches más tengo que estar sin dormir? ¿Cuántos papeles azules de denuncia tengo que seguir acumulando? ¿Cuánto más tengo que esperar hasta que el ayuntamiento aplique medidas?
Quierodormir
03/12/2021 07:57:31
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Buenos días:
Los establecimientos de hostelería, al igual que cualquier otra actividad, han de cumplir la Ordenanza Municipal Contra el Ruido y las Vibraciones. Efectivamente, el ruido producido por un equipo de música se considera fácilmente evitable, por lo que está penalizado con 3 dB(A) sobre el nivel de ruido general aplicable.
Puede trasladar la queja a la Unidad de control de Actividades del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz a través de una instancia, indicando sus datos así como la ubicación de la actividad molesta y su dirección a efectos de notificación. Procederemos a cursar la denuncia.
Espero haber aclarado su duda.
Un cordial saludo
La responsable de la Unidad de Control de Actividades
The City Council 07/02/2022 11:36:37
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¿ Donde puedo consultar los horarios para tocar un instrumento musical en una comunidad de vecinos?
Ó.M.G.
02/01/2023 20:44:03
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Egun on:
El ruido que pueden ocasionar en la comunidad de vecinos los instrumentos musicales queda incluido en lo que se denomina "Ruido vecinal" y este queda fuera del ámbito de aplicación tanto de la Ley 37/03 de ruido, como de la Ordenanza Municipal Contra el Ruido y las Vibraciones. Por ello, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz no establece ni niveles máximos de emisión de ese tipo de ruido, ni horarios para ello. Es una cuestión privada que ha de ser consensuada en el ámbito vecinal. Se pueden tomar como referencias las franjas horarias establecidas para los ruidos que quedan dentro del ámbito de aplicación de la Ordenanza (Mañana: 7:00 a 19:00; tarde: de 19:00 a 23:00 y noche: de 23:00 a 7:00).
Esperando haber dado respuesta a su consulta, reciba un cordial saludo.
The City Council 24/01/2023 10:13:06
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