Comisiones del Pleno
Las Comisiones del Pleno pueden ser permanentes y especiales.
Comisiones del Pleno permanentes
Son aquellas que, a propuesta de la Junta de Portavoces, acuerde constituir el Pleno, para el ejercicio habitual de las siguientes funciones:
- de estudio, informe y consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno,
- de seguimiento de la gestión del Alcalde y los demás Órganos del Gobierno Municipal, sin perjuicio del superior control y fiscalización que corresponde al Pleno, y
- de carácter resolutorio, cuando ostenten delegación del Pleno para ello.
Su número y denominación se determinarán por acuerdo plenario en función de las decisiones que se adopten acerca de la organización municipal, pudiendo variar cuando ésta se modifique.
Órdenes del día, actas y próximas sesiones por comisiones
- Comisión de Hacienda
- Comisión de Función Pública
- Comisión de Promoción Económica, Empleo, Comercio y Turismo y Sociedades Públicas
- Comisión de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda
- Comisión de Espacio Público, Barrios, Movilidad y Tráfico
- Comisión de Limpieza y Medio Ambiente
- Comisión de Políticas Sociales y Juventud e Igualdad y Convivencia
- Comisión de Seguridad, Gobierno Abierto y Modernización de la Administración
- Comisión de Euskera, Cultura y Educación y Deporte, Salud y Cooperación
Comisiones del Pleno especiales
Las Comisiones especiales son las que se constituyen por el Pleno con carácter transitorio para el estudio de asuntos concretos, sin vocación de permanencia; así como las que venga obligado a crear por imperativo legal.
Órdenes del día, actas y próximas sesiones
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