La Junta de Gobierno Local es el órgano que bajo la presidencia del Alcalde o Alcaldesa colabora de forma colegida en la función de dirección política que a éste corresponde, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas señaladas en el artº 127 de la Ley de Bases del Régimen Local.
El Pleno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz está integrado por 27 personas electas, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz no excederá de 9 personas, además del Alcalde o Alcaldesa.
La Secretaría de la Junta es designada por el Alcalde o Alcaldesa en uno de sus miembros Concejales o Concejalas, quien redacta las actas de las sesiones y certifica sobre sus acuerdos.
Dª. Maider Etxebarria Garcia (PSE-EE)
(Artículo 127 de la Ley de Bases del Régimen Local)
Corresponde a la Junta de Gobierno Local:
La Junta de Gobierno Local podrá delegar en los Tenientes de Alcalde, en los demás miembros de la Junta de Gobierno Local, en su caso, en los demás concejales, en los coordinadores generales, directores generales u órganos similares, las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del apartado anterior.
Título X introducido por el apartado 4 del artículo primero de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local («B.O.E.» 17 diciembre).Vigencia: 1 enero 2004
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