La cuota de esta tasa es de carácter anual y se determina según unas tarifas, en función del uso y de la superficie del inmueble.
El devengo de la tasa (fecha en la que es exigible) es el 1 de enero.
TARIFAS-CUOTAS: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicio de Recogida y Eliminación de Basuras (Ordenanza nº 6.3)
Se aplicará un recargo de la tasa de basuras con la siguiente escala:
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