Añadir méritos OPE 22-24

  • Después de leerme la parrafada de las instrucciones a seguir para adjuntar méritos, y que como siempre, función pública, en vez de simplicar, complica todo con un lenguaje que, les encanta, sea de dificil asimilación por el más común de los mortales, y que quede patente lo bien que escriben para que lo entiendan los de las categorías superiores, he logrado descifrar, creo, y espero feedback, que lo de adjuntar méritos por fechas de contratación es para los que tienen alguna experiencia laboral, pero, importante, FUERA DEL AYUNTAMIENTO, y que de la experiencia laboral dentro del ayuntamiento se encarga la propia entidad de recopilarla.

    Entiendo eso después de haber leído esto:

    "ACREDITACIÓN de méritos: La publicación del Tribunal recogerá los sistemas de acreditación. Algunos los podrá obtener de oficio el Ayuntamiento a través de su posibilidad de acceder a determinados registros oficiales como el RUTCE (Euskera), NISAE (Servicios prestados), Carpeta Ciudadana (Titulaciones)...

    En el caso de la experiencia profesional esta puede acreditarse por medio de un certificado de servicios prestados o de oficio. El sistema de oficio es para las personas que trabajan en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz ".

    También entiendo que para el tema de adjuntar perfiles, o cursos, o títulos oficiales que según bases tengan que ver con a lo que se presenta cada uno, leyendo esto:

    En el caso de títulos académicos, nivel de euskera o carné de conducir no hay que declararlos ni acreditarlos ya que las certificaciones las obtiene el Ayuntamiento a través de la consulta del Ayuntamiento en la Carpeta Ciudadana. En el caso de las titulaciones oficiales, los certificados de euskera o servicios prestados que no le constan al Ayuntamiento o en NISAE, debe declararlos y acreditarlos incorporando los correspondientes certificados académicos o de servicios prestados en "Mis Procesos Selectivos – Mis Méritos - Adjutar PDF Méritos".

    Que ahí sí que hay que añadirlo en "adjuntar méritos".

    Con lo fácil que sería poner, "para los que trabajan en el ayuntamiento hay que hacer esto y esto, y esto no porque la entidad lo coge de oficio.

    Los que quieran añadir algún título o certificado de profesionalidad ajeno a la entidad que lo hagan así."

    Pero es mejor escribir mucho para que sea ininteligible.

    J.A.E. Normal 11/03/2026 09:20:03 Comentario respondido

  • 3.5. No se adjuntará a la solicitud de participación de la convocatoria ninguna documentación acreditativa de requisitos ni de méritos para la fase de concurso. (Para presentación de documentación acreditativa ver base 10.)

    10.1. El Tribunal calificador establecerá un período de 10 días hábiles para la presentación en el Departamento de Función Pública de la documentación original que acredite los requisitos de la convocatoria (titulación, perfil de euskera, títulos profesionales…) que este no haya podido obtener directamente de los registros oficiales.

    Los Tribunales no han dado indicación alguna al respecto. Que la aplicación permita subir méritos y documentación no implica que el Tribunal haya abierto ese plazo de 10 días.

    Logotipo del Ayuntamiento El Ayuntamiento 11/03/2026 19:17:50


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